REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 24 de OCTUBRE de 2022.-

212º y 163º

Visto el Convenimiento efectuado en fecha 21-10-2022, por los ciudadanos: NIDIA KARELIS MENDEZ HERRERA Y JOSE RODRIGO SANCHEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-15.927.565 y V-17.528.227, respectivamente y hábiles, quienes en presencia del ciudadano Juez, llegaron al siguiente acuerdo: El padre se compromete a cancelar La Cantidad de cien dólares estadounidenses (100,oo USD), mensuales, los Cinco primeros días de cada mes, en divisas que le entregara a la progenitora quien le firmara un comprobante o en su defecto por medio de transferencia bancaria en una cuenta que le suministrara la progenitora, que serán aportados por el ciudadano: JOSE RODRIGO SÁNCHEZ PEREZ, identificados en autos;, se tomara como referencia la Tasa del Banco Central de Venezuela, en el momento del pago, de igual manera, ambos padres cubriran el 50% de los gastos médicos, medicina, ropa, calzado y decembrinos. Este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Déjese Copia digitalizada en formato PDF de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias de este Tribunal. Cúmplase.


EL JUEZ,


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Abg. JOSE ENRIQUE GANDICA
EL SECRETARIO,

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Abg. MANUEL JAVIER GONZALEZ PERNÍA


EXP. 3070-2022
JEGG/Marlig