REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-5149-22
SOLICITANTE: YENNIFER AIDE DE SOUSA ALEMÁN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.148.129; debidamente asistida por la abogada LENIS COROMOTO MÁRQUEZ GUERRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 207.015.
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.
Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, suscrito en fecha 22 de junio de 2.022 a través de la cuenta de correo electrónico distribución.civil.miranda@gmail.com, suscrito por la ciudadana YENNIFER AIDE DE SOUSA ALEMÁN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.148.129; debidamente asistida por la abogada LENIS COROMOTO MÁRQUEZ GUERRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 207.015; con motivo de la solicitud de Título Supletorio de Propiedad.
En fecha 22 de junio de 2.022, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5149-22.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folios 11 y 12 del expediente, de nombres MARITZA LILYETTE VASQUEZ GARCIA y CESAR JOSÉ MATA SILVA de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.114.213 y V-11.562.552.respectivamente; este Tribunal, los valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana YENNIFER AIDE DE SOUSA ALEMÁN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.148.129; sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno, de origen Ejidal, que tiene una superficie de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTÍMETROS ( 54,49 MTS2 ); ubicado en: San Rafael, Calle Real La Mata, Sector la Cascarita, Los Teques, Jurisdicción del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías se encuentran construidas en un área de SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTÍMETROS ( 68,96 MTS2 ) ; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada LENIS COROMOTO MÁRQUEZ GUERRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 207.015.
Expídase por secretaria copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de trece (13) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los treinta días ( 30 ) días del mes de septiembre de 2.022. Años: 212° y 163°
La Juez,

Carmen Luisa Salazar Bravo
El Secretario Temporal,

Leonardo José Vera Hernández
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

El Secretario Temporal,

Leonardo José Vera Hernández

CLSB/LJVH/YP
S-5149-22