REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5296-23
SOLICITANTE: ERIKA FRANCA RIZZO DE PISAPIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.040.558; representada por su apoderada judicial abogada ROSALBA COROMOTO VISO FAJARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.65.621.

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 28 de febrero de 2.023, suscrito por la ROSALBA COROMOTO VISO FAJARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.65.621, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ERIKA FRANCA RIZZO DE PISAPIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.040.558.

En fecha 28 de febrero de 2.023, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5296-23.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 37 y su vuelto del presente expediente, de nombres SURBELYS MERCEDES QUEVEDO ZAMBRANO y VICTOR MANUEL MENDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.877.942 y V-6.455.158, respectivamente; este Tribunal, los valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana ERIKA FRANCA RIZZO DE PISAPIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.040.558, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie de CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS (198,45 MTS2), ubicado en: El Sitio denominado El Guamito, Sector Las Luces, Vía Lagunetica, Los Teques, Estado Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CUATROSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO CENTÍMETROS (489,24MTS2) cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada ROSALBA COROMOTO VISO FAJARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.65.621 Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de treinta y ocho ( 38 ) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA

Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veinticuatro (24) días del mes de abril de 2023. Años: 213° y 164°.
La Jueza,


Carmen Luisa Salazar Bravo
El Secretario Titular,

Leonardo José Vera Hernández

En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

El Secretario Titular,

Leonardo José Vera Hernández





CLSB/LJVH
YBA/EXP. S-5296-23