REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, Veintiséis (26) de abril del año 2023
213° y 164°
ASUNTO: S-1267-2023-TSM
SOLICITANTE: JOSNARY MARIANELA DE BETANIA ANGULO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-22.528.059.
ABOGADO ASISTENTE: LINO AVILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°103.554.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
I
Se inicia la presente solicitud mediante escrito consignado en fecha veinticuatro (24) de Marzo año Dos mil veintitrés (2023), presentado en esta misma fecha, por la ciudadana JOSNARY MARIANELA DE BETANIA ANGULO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-22.528.059, debidamente asistida en este acto por el ciudadano LINO AVILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°103.554, siendo asignado a este Tribunal.
Alega la solicitante que en fecha veintinueve (29) de noviembre de Dos mil veintidós (2022), falleció el ciudadano JOSÉ ALBERTO ANGULO SUAREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.925.047, por lo que, solicitaron tomar declaración a los testigos que oportunamente presentaría de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, sobre los particulares descritos en la solicitud, así como, que sean declarados los ciudadanos NARVIS DEL CARMEN ROJAS, JOSÈ ALBERTO ANGULO BANDES, LAURY SCARLETT ANGULO BANDES, FABIOLA AIMARA ANGULO BANDEZ, JOSNARY MARIANELA DE BETANIA ANGULO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-8.454.995, V-15.842.491, V-16.683.106, V-17.160.863 y V-22.528.059 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÈ ALBERTO ANGULO SUAREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.925.047, de conformidad con lo previsto en los artículos 822 y 823 del Código Civil en concordancia con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha veintinueve (29) de Marzo del año veintitrés (2023), se ADMITE y se insta a la parte interesada presentar a las personas q fungirán como testigos a los fines de su evacuación.
En fecha trece (13) de abril del año veintitrés (2023) se recibe diligencia de la ciudadana JOSNARY MARIANELA DE BETANIA ANGULO ROJAS, asistida por el abogado ciudadano LINO AVILA, identificados en ut supra, consigna copia certificada del Acta de Nacimiento de la solicitante; en consecuencia, se ordena agregarlo a autos. En esta misma fecha, tuvo lugar la declaración testimonial de las ciudadanas CARMEN MARITZA BALZA y THAIS COROMOTO TORREALBA DE TOVAR, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.698.101 y V-4.849.951 respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: Que los ciudadanos NARVIS DEL CARMEN ROJAS, JOSÉ ALBERTO ANGULO BANDES, LAURY SCARLETT ANGULO BANDES, FABIOLA AIMARA ANGULO BANDEZ, JOSNARY MARIANELA DE BETANIA ANGULO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-8.454.995, V-15.842.491, V-16.683.106, V-17.160.863 y V-22.528.059 respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ ALBERTO ANGULO SUAREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.925.047. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los Veintiséis (26) días del mes de Abril del año Dos Mil Veintitrés (2023). Años: 213º de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA
NANCY ORTIZ MALAVE
LA SECRETARIA
ANDREINA REINA
S-1267-2023-TSM
NOM/AR/jp
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