REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5389-23
SOLICITANTE: MIRIAM GISELA CAPRILES HIDALGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-7.661.994; asistida por el abogado JOSE GREGORIO ALBORNOZ VIELMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.959

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 19 de julio de 2.023, suscrito por la ciudadana MIRIAM GISELA CAPRILES HIDALGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-7.661.994; asistida por el abogado JOSE GREGORIO ALBORNOZ VIELMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.959.

En fecha 19 de julio de 2.023, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5389-23.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folio 21 y su reverso del presente expediente, de nombres CELIA CRUZ AÑANGUREN SANZ y DANIEL LADISLAO NUÑEZ GUZMAN venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.541.770 y V-10.796.175, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MIRIAM GISELA CAPRILES HIDALGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-7.661.994, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno privado, el cual tiene una superficie de QUINIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS (518,00 MTS2), en: Las Guamas, Parroquia San Pedro de los Altos, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías identificadas con el N° A2-6, Planta Nivel 2.65, tienen un área de construcción de CIENTO ONCE METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMEDROS CUADRADOS (111.60MTS2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada el abogado JOSE GREGORIO ALBORNOZ VIELMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.959,



Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de veintidós (20) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA

Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los (08) días del mes de agosto de 2023. Años: 213° y 164°.
La Jueza,



Carmen Luisa Salazar Bravo

El Secretario Titular,

Leonardo José Vera Hernández

En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

El Secretario Titular,


Leonardo José Vera Hernández





CLSB/LJVH/YM
EXP. S-5389-23