REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, nueve (09) de Agosto del año 2023
213° y 164°
S-1310-2023-TSM
SOLICITANTE: ALEXANDER RAMON TUCUPIDO BERNAL, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.835.395.
APODERADA JUDICIAL: MARIELA PALACIOS, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 156.978.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
Mediante escrito recibido en fecha tres (03) de Agosto del año dos mil veintitrés (2023), según Acta de Distribución Nº 012/2023 con Oficio Nº 2800-008/2023 de fecha treinta y uno (31) de Julio del dos mil veintitrés (2023) y presentado por el ciudadano ALEXANDER RAMON TUCUPIDO BERNAL, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.835.395, debidamente asistido por la abogada en ejercicio inscrita en el IPSA bajo el Nº 156.978, por ante el Juzgado distribuidor, siendo asignado a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alega el solicitante que es propietario de una bienhechurías constituido por una casa que ha construido con dinero de su propio peculio, sobre un lote de Terreno donde presume es de propiedad Municipal, se encuentra ubicada en la Trilla, Transversal el Chupadero, Casa Nº 42, Parroquia de Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander del Estado Bolivariano de Miranda; la cual posee las siguientes características: una (01) casa con Paredes de bloque, con frisado pintadas, techo de zinc, piso requemado, tres (03) habitación, sala-comedor, cocina, dos (02) baños, garaje, lavandero; el cual tiene un Área de Construcción de CIENTO NUEVE METROS CON NOVENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (109.95 mts2) y un Área de Terreno de DOCIENTOS OCHETA Y CUATRO METROS CON SESENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (284.67 mts2), cuyos linderos son Norte: en línea recta de 14.50 mts con Transversal el Chupadero. SUR: en línea recta de 16.14 mts con Embaulado las Dos Vías. Este: en línea recta 20.06 mts con Alexis Colmenares. Oeste: en líneas quebradas de 11.41, 0.85 y 6.20 mts con Alexander Ramon Tucupido; según consta en Mensura y Procedencia emitida por la Dirección del Catastro, en la Secretaria para el Derecho a la Ciudad de la Alcaldía del Municipio Tomas Lander DCM/124/2023 de fecha Diecinueve (19) de Julio del año dos mil veintitrés (2023).
Consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones y a los fines que le interesa, solicita sean declarados los testigos que oportunamente presentará sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea expedido Título Supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha siete (07) de Agosto del año dos mil veintitrés (2023), este Tribunal da entrada a la solicitud y observa que existe inconguencias en los datos plasmados en el escrito de la solicitud y los señalados en la Mensura y Procedencia DM/124/2023 de fecha 19/07/2023 suministrada por la Dirección de Catastro del municipio Tomas Lander, en consecuencia se insta a la solicitante subsanar lo indicado, además se exhorta a consignar copias de las cedulas de identidad y constancias de residencias de los ciudadanos q fungirán como testigos a fin de dar prosecución a la presente solicitud.
En fecha siete (07) de Agosto del año dos mil veintitrés (2023), se recibe diligencia del ciudadano ALEXANDER RAMON TUCUPIDO BERNAL, asistido por la Abg. MARIELA PALACIOS, identificada ut supra, consignan escrito de solicitud corregido, copias de las cedulas de identidad con sus respectivas constancias de residencia de los testigos; en consecuencia, en esta misma fecha este Tribunal admite la solicitud en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; se insta a la parte solicitante presentar a los ciudadanos que fungirán como testigos.
En fecha nueve (09) de Agosto del año dos mil veintitrés (2023) tuvo lugar la evacuación testimonial de los ciudadanos: FLORA CEDEÑO RUIZ y JUAN GUZMAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.421.496 y V-6.409.448, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del Ciudadano ALEXANDER RAMON TUCUPIDO BERNAL, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.835.395, respectivamente, sobre las bienhechurías descritas Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los nueve (09) días del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023) Años: 213º de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA
NANCY ORTIZ MALAVE
LA SECRETARIA
ANDREINA REINA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA
ANDREINA REINA
S-1310-2023-TSM
NJOM/AR/jp
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