REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, nueve (09) de agosto del año 2023
213º y 164º
SOLICITUD N° 13667.-
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
● Poder APUD-ACTA, otorgado por el solicitante, ciudadano HUMBERTO ANTONIO RAMOS ALAYON a la Abogada MAGDALIA YICEIDA ALAYON SERRANO, cursante al folio diez (10).-
● Copia simple de la Cédula de Identidad N° V-5.151.763, correspondiente a la de Cujus, ciudadana CARMEN TEODORA ALAYON SERRANO, cursante al folio doce (12).-
● Copia certificada del Acta de Defunción N° 0386, folio Nº 136, de fecha ocho (08) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), expedida por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, , correspondiente a la de Cujus, ciudadana CARMEN TEODORA ALAYON SERRANO, cursante al folio trece (13) y su Vto.-
● Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 860, folio Nº 360, de fecha dieciséis (16) de marzo del año 1994, expedida por la Registradora Civil de Guarenas, Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, correspondiente al solicitante, ciudadano HUMBERTO ANTONIO RAMOS ALAYON, cursante al folio catorce (14).-
● Copia simple de la Cédula de Identidad N° V-20.211.842, correspondiente al solicitante, ciudadano HUMBERTO ANTONIO RAMOS ALAYON, cursante al folio quince (15).-
● Copia simple de las Cédulas de Identidad Nos. V-16.496.942, V-4.234.366 y V-2.155.084, correspondiente a los testigos, ciudadanos RAUL ALEJANDRO PRADOS BERROTERAN, ILIANA ALFONZO ISTURIZ y ENCARNACION ARMANDO CASTRO, cursante al folio dieciséis (16).-
Así como las testimoniales de los ciudadanos RAUL ALEJANDRO PRADOS BERROTERAN y ILIANA ALFONZO ISTURIZ, identificados Ut Supra, domiciliados en: el primero: Avenida principal las Clavellinas, sector las ceibas, casa S/N, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda y la segunda en: Trapichito, sector 04, parte baja, vereda 01, casa Nº 04, Guarenas Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda. Este Tribunal le otorga el valor probatorio que de los mismos emana, conforme a lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 936 y el encabezamiento del Artículo 937 eiusdem, así como lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; por cuanto no habido oposición alguna DECLARA al ciudadano HUMBERTO ANTONIO RAMOS ALAYON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-20.211.842, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus, ciudadana CARMEN TEODORA ALAYON SERRANO.-
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaría las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar el presente decreto en el portal web: www.Tsj.gob.ve.- Cúmplase. -
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA Acc,
MARIANA RIVERO HERNANDEZ
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de la misma al solicitante, ciudadano HUMBERTO ANTONIO RAMOS ALAYON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-20.211.842.-
LA SECRETARIA Acc,
MARIANA RIVERO HERNANDEZ
LQdDS/mrh/Rd.-
DUUH
Solicitud 13667.-
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