REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guatire, 10 de agosto de 2023.
213º y 164º
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el ciudadano: YGOR ERNESTO CRUZ FUENTEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-6.841.048, actuando en su carácter de representante sin poder de su Hijo el ciudadano: IGOR ANDRES CRUZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-17.920.212, debidamente asistido por la Abogada DANIELLYS ALEJANDRA MONSALVE ALBORNOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 298.421, mediante la cual solicita se declaren ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus YUDITH DEL VALLE ROJAS DE CRUZ, quien falleció Ab-intestato, en el Hospital Ana Francisca Pérez De León II, Parroquia Petare, Municipio Sucre, Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 15 de Marzo 2023, sin perjuicio de terceros de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
I
En fecha 31 de Julio de 2.023, se admitió la presente solicitud y se acordó tomar declaración a los Testigos promovidos sobre los particulares contenidos en el escrito.
En fecha 07 de agosto de 2.023, comparecieron Tres (3) ciudadanos que dijeron ser y llamarse: YSORA BENILDE AROCHA DE DUGARTE, OMAR ALBERTO GARCIA PEREZ y DENNIS ALEXANDER QUERALES CONTERAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-8.751.623, V.-8.757.381 y V.-15.696.492, respectivamente, en Calidad de Testigos.
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes instrumentos:

1. Original de Acta de Defunción número Setenta y Cinco (Nro. 75), Libro 01, Folio 75, de fecha 15 de marzo de 2023, de la De Cujus YUDITH DEL VALLE ROJAS DE CRUZ, expedida por la Registradora Civil del Municipio Sucre del Estado Bolivariano Miranda.
2. Copia Simple de la Cédula de Identidad de la De Cujus YUDITH DEL VALLE ROJAS DE CRUZ, en un (1) folio útil.
3. Original de Acta de Matrimonio número Doscientos Treinta y Cinco (Nro. 235), Folio 117, de fecha 16 de agosto de 1985 del ciudadano IGOR ERNESTO CRUZ FUENTES y de quien en vida se llamara YUDITH DEL VALLE ROJAS ESTRADA, expedida por la Registradora Civil de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda.
4. Copia Simple de la Cédula de Identidad del ciudadano YGOR ERNESTO CRUZ FUENTEZ, en un (1) folio útil.
5. Original de Acta de Nacimiento número Mil Trescientos Treinta y Cinco (Nro. 1335), Folio 95, de fecha 21 de Julio de 1987 del ciudadano IGOR ANDRES, expedida por la Registradora Civil de Guarenas, Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda.
6. Copia Simple de la Cédula de Identidad del ciudadano IGOR ANDRES CRUZ ROJAS, en un (1) folio útil.
7. Copia Simple de la Cédula de Identidad del ciudadano OMAR ALBERTO GARCIA PEREZ, en un (1) folió útil. En Calidad de Testigo.
8. Copia Simple de la Cédula de Identidad del ciudadano DENNIS ALEXANDER QUERALES CONTRERAS, en un (1) folio útil. En Calidad de Testigo.
9. Copia Simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana YSORA BENILDE AROCHA DE DUGARTE, en un (1) folio útil. En Calidad de Testigo.
Mediante los anteriores documentos los solicitantes demuestran, entre otras cosas, el fallecimiento de la ciudadana YUDITH DEL VALLE ROJAS DE CRUZ, así como la Filiación que existía entre los solicitantes y la fallecida, en su condición de Esposo e Hijo de la referida ciudadana.
Los solicitantes propusieron se evacuarán las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicadas. En consecuencia, el 07 de agosto de 2.023, comparecieron Tres (3) ciudadanos que dijeron ser y llamarse: YSORA BENILDE AROCHA DE DUGARTE, OMAR ALBERTO GARCIA PEREZ y DENNIS ALEXANDER QUERALES CONTRERAS, en Calidad de Testigos, quienes rindieron declaración en la presente solicitud. En tal sentido, el Tribunal les otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE.
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a los ciudadanos: YGOR ERNESTO CRUZ FUENTEZ e IGOR ANDRES CRUZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-6.841.048 y V.-17.920.212, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus YUDITH DEL VALLE ROJAS DE CRUZ, supra identificado. ASÍ SE DECIDE.-
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus YUDITH DEL VALLE ROJAS DE CRUZ, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-10.300.175, quien falleció Ab-intestato en fecha 15 de Marzo de 2.023, en su condición de Esposa del ciudadano YGOR ERNESTO CRUZ FUENTEZ y Madre del ciudadano IGOR ANDRES CRUZ ROJAS, ampliamente identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por Secretaría. Igualmente, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, una vez que la parte interesada consigne las copias simples necesarias para su certificación. Cúmplase.-
JUEZA,

FABIOLA TERAN SUAREZ
SECRETARIA,

MARISOL GONZALEZ RONDON
FTS/MGR/BH.-
SOL: Nº 75-23.-
En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.

SECRETARIA,

MARISOL GONZALEZ RONDON