REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, cinco (05) de diciembre del año 2023
213º y 164º

Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Documento de Titularidad de Medidas y Linderos, de fecha seis (06) de octubre del año 2023, emitido por la Dirección de Catastro y Tierras de la Alcaldía del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, cursante a los seis (06).-

• Croquis de la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, expedido por la Dirección de Catastro y Tierras de la Alcaldía del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, cursante a los siete (07).-

• Plano de Distribución de la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, elaborado por el Ingeniero Civil JUAN CARLOS JIMENEZ, debidamente inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela (CIV) bajo el Nº 107.018, cursante al folio ocho (08).-

• Copia simple de la Cédula de Identidad No.V-5.142.719, correspondiente a la solicitante, ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, cursante al folio nueve (09).-

• Copia simple del Registro Único de Información Fiscal (RIF), correspondiente a la solicitante, ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, cursante al folio diez (10).-

• Constancia de Residencia, de fecha veintidós (22) de septiembre del año 2023, expedida por la Registradora Civil del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Venezuela, cursante al folio once (11).-

• Factura Nº F40609521, de fecha siete (07) de septiembre del año 2023, emitida por la Hidrología de la Región Capital, correspondiente al pago de agua de la solicitante, ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, cursante al folio doce (12).-

• Copia simple de la Declaración Jurada de NO poseer vivienda, correspondiente a la solicitante, ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, cursante al folio trece (13).-

• Copias simples de las Cédulas de Identidad Nº V-11.489.983 y V-15.133.066, correspondiente a los testigos, ciudadanos IVAN FELIPE MENDEZ RUIZ y ELIZABETH NORIELIS MAITA CARRILLO, respectivamente, cursante a los folio catorce (14) y quince (15), ambos inclusive.-

• Impresiones fotográficas de la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, cursante desde el folio dieciséis (16) hasta el folio veinticuatro (24), ambos inclusive.-

• Oficio INTU/GER-MR Nº 0100, contentivo de la AUTORIZACIÓN otorgada a la ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, para obtener TITULO SUPLETORIO, emitida por el Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), en fecha catorce (14) de noviembre del año 2023, cursante al folio treinta y uno (31).-

Así como los testimoniales de los testigos, ciudadanos IVAN FELIPE MENDEZ RUIZ y ELIZABETH NORIELIS MAITA CARRILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.489.983 y V-15.133.066, respectivamente, los cuales se encuentran domiciliados en: EL PRIMERO: Urbanización Oropeza Castillo (Aconcagua), vereda Nº 15 casa Nº 11, en frente al campo de futbol, Guarenas Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda y LA SEGUNDA: Urbanización Oropeza Castillo (Aconcagua), bloque 03, apartamento 05, piso 01, parroquia Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de la ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-5.142.719, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TITULO SUPLETORIO, referido a una (01) bienhechuría con un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU) de CIENTO CUARENTA Y OCHO CON SESENTA Y OCHO CENTIMENTROS CUADRADOS (148,68m2), ubicada en la Calle principal de la Urbanización Oropeza Castillo, casa Nº 22, parroquia Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, con un área total de construcción de SESENTA Y NUEVE METROS CON CUATRO CENTIMETROS CUADRADO (69,04m2), siendo sus medidas y linderos los siguientes: NORESTE: En una línea recta que mide ONCE METROS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (11,59mts), colindando con terrenos del INTU; SURESTE: En una línea recta que mide ONCE METROS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (11,59mts), colindando con terrenos del INTU; SUROESTE: En una línea quebrada en dos (02) segmentos, A)en línea recta que mide SEIS METROS CON CERO CENTÍMETROS (6,00) y B) en línea recta que mide SEIS METROS CON OCHENTA Y NUEVE (6,89), colindando con terrenos INTU; NOROESTE: En una línea quebrada dividida en dos (02) segmentos, A) en línea recta que mide SEIS METROS CON CERO CENTÍMETROS (6,00) y B) en línea recta que mide SEIS METROS CON SESENTA Y CINCO (6,65), colindando con terrenos INTU y bienhechurías que son o fueron de ANGEL MONTESUMA, la cual se encuentra distribuida de la siguiente manera: PLANTA BAJA: Dos (02) habitaciones, una sala (01), un (01) baño, una (01) cocina con cubierta , techo de platabanda, paredes totalmente frisadas, cerámica en baños y cocina, así como todos los servicios básicos: luz, agua potable y red de aguas servidas. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto en fecha treinta y uno (31) de agosto del año 2021, el Tribunal tuvo a la vista las bienhechurías cuyo título supletorio se pretende obtener dejando constancia mediante acta, no habiendo oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la solicitante, ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-5.142.719, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por Secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar este decreto en el portal web: Www.tsj.gob.ve.- Cúmplase.-
LA JUEZA,


LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA ACC,


MARIANA RIVERO HERNANDEZ

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de las resultas a la solicitante, ciudadana ERIKA MARITZA MARQUINA GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-5.142.719.-
LA SECRETARIA ACC,


MARIANA RIVERO HERNANDEZ


LQdDS/mrh/Rd.-
Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad.-
Solicitud. N° 13752.-