CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud mediante escrito consignado en fecha 09-11-2023, por ante el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en función de Juzgado Receptor y Distribuidor de Documentos, por el ciudadano: BERROTERAN JUAN FELIX, titular de la cédula de identidad Nº V-3.341.027, debidamente asistidopor laabogada LUISA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado Nº 101.814; siendo asignada la misma a este Juzgado previo sorteo en la misma fecha.

Alega el solicitante en su escrito, en un terreno propiedad del INAVI, que tiene un aproximada de VEINTIUN METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS (21.36 MTS2), según información suministrada por ante la oficina de Catastro dependencia de la Alcaldía de Cua, Municipio Rafael Urdaneta en oficio N° 1.126/2023, ubicado en Cua Vieja, Calle Principal, frente al modulo de Asistencia jurisdicción del municipio Rafael Urdaneta estado Bolivariano de Miranda, ha construido unas bienhechuría constituidas por un local Comercial, el cual se encuentra comprendido entre los siguientes linderos; NORTE: con una línea recta 5.50 metros con la calle Principal Cua Vieja SUR: con una línea recta de 5.18 metros de Estacionamiento; ESTE: con una línea recta de 4.00 metros de estacionamiento; y OESTE: con una línea recta de 4.00 metros con Frutería y barbería. Dichas bienhechurías poseen un area de construcción tipo C-3 de 21.36 Mts2, construidas en paredes de bloques de cemento frisado en la parte interior y exterior paredes recubiertas en cerámicas a medir pared, piso en cemento pulido, techo de mallas con cabillas y laminas de zinc, puerta principal de hierro y reja protectora, dos ventanas de hierros con rejas protectoras, cuenta con instalaciones de aguas blancas y servidas y el servicio de electricidad. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 10 de noviembre de 2023, este tribunal dictó auto de entrada e instando a la solicitante a consignar recaudos.

En fecha 06 de diciembre de 2023, previa consignación de los recaudos originales, este tribunal dictó auto de admisión a la presente solicitud e instó al solicitante a presentar los testigos.

En fecha 13 de diciembre de 2023, comparecen por ante la sala de este Despacho las ciudadanas MAYORA LEON DANIELINA Y MARCHAN RIOS LEONIDES, titulares de las cédulas de identidad NºV-16.412.931 y V-6.420.939, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.