REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, 25 de Enero del año 2023
212° y 163°

S-1184-2023-TSM
SOLICITANTE: FRANCISCA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.169.606.
ABOGADO ASISTENTE: ANTONIO TREJO CALDERÒN, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 12.759.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

Mediante escrito de fecha dieciocho (18) de Enero del 2023, según Acta de Distribución Nº007-2023, y presentado en esta misma fecha por la ciudadana FRANCISCA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.169.606, debidamente asistida por el abogado ANTONIO TREJO CALDERÒN, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 12.759, por ante el Juzgado distribuidor, siendo asignado a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alega la solicitante que ha construido una bienhechuría tipo vivienda familiar, con dinero de su propio peculio sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, descritas con las siguientes características: paredes de bloques, techo de placa, paredes con frisado pintadas, piso de cerámicas, tres (3) habitaciones, sala, comedor, cocina, dos (2) baños y lavandero; el cual tiene un área de construcción de Ciento cuarenta y tres metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetro cuadrado (143,59 mts2), y un área de terreno de ciento un metros cuadrados con cero cuatro decímetros cuadrados (101,04 mts2), y está ubicada en Corocito, El Matadero, Final Avenida Ribas, Casa Nº01, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander, Estado Bolivariano de Miranda, Cuyos linderos son: Norte: en línea recta de 15.05 mts con PASO DE SERVIDUMBRE. SUR: en línea recta de 15.02 mts con CARMELO PALMA. ESTE: en línea recta de 9.56 mts con FELIPA CASTRO. OESTE: en línea recta de 9.56 mts con FINAL AVENIDA RIBAS, según se constata en la Mensura y Procedencia emitida la Dirección del Catastro, en la Secretaria para el Derecho a la Ciudad de la Alcaldía del Municipio Tomas Lander DCM162/2022 de fecha 09 de diciembre de 2022.
Consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones, y a los fines que le interesa, solicitó sean declarados los testigos que oportunamente presentarían sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea expedido título supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha Dieciocho (18) de Enero de 2023, se dictó auto de admisión en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; se instó a la solicitante a presentar a los testigos.
En fecha veinticinco (25) de Enero de 2023, tuvo lugar la evacuación testimonial de las ciudadanas: CARMEN MATILDE ARVELO y ANA AMELIA BRICEÑO GARCIA venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.407.692 y V-12.302.022, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana FRANCISCA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.169.606, sobre la bienhechuría descrita Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la solicitante.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023) Años: 212º de la Independencia y 163° de la Federación.

LA JUEZA




NANCY ORTIZ MALAVE

LA SECRETARIA



ANDREINA REINA




En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.



LA SECRETARIA



ANDREINA REINA








S-1184-2023-TSM
NJOM/AR