REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO.
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
DE MIRANDA-SANTA LUCIA
Santa Lucía, 13 de enero 2.023
212° y 163º
SOLICITANTE: ELVIS MANUEL VALLADARE FIGUEIRA, titular de la cedula de identidad Nº V-25.228.951.
ABOGADO ASISTENTE: YAMILETH GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 203.807
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
EXPEDIENTE Nº 1.194-2022
Mediante Libelo presentado ante este Tribunal en fecha treinta (30) de noviembre del 2.022 compareció el ciudadano: ELVIS MANUEL VALLADARE FIGUEIRA, titular de la cedula de identidad Nº V-25.228.951, debidamente asistido por la profesional del derecho Abg. YAMILETH GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 203.807, mediante la cual solicita la RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, anotada bajo el Nº 128, folio 128, año 1995 en los Libros de Registro de Nacimientos llevados ante el Registro Civil del Municipio Paz Castillo del Estado Bolivariano de Miranda. La presente solicitud consiste; en el error involuntario del funcionario a quien le correspondió transcribir el nombre de la madre del solicitante donde colocó: THANIA YUDITH FIGUEIRA DE VALLADARE, siendo esto incorrecto, por cuanto el nombre correcto es: THANIA YUDITH FIGUEIRA DE SOUSA. Anexo: copia fotostática de la cedula de identidad del solicitante; copia certificada del acta de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil del Municipio Paz Castillo del Estado Bolivariano de Miranda, anotada bajo Nº 128, folio 128, año 1995, copia fotostática de la cedula de identidad de la madre del solicitante, ciudadana THANIA YUDITH FIGUEIRA DE SOUSA, donde se puede constatar los datos aportados motivo de la presente solicitud, objeto de esta rectificación.
En fecha dos (02) de diciembre del 2.022, fue admitida la presente solicitud y se ordenó librar edicto para ser publicado en el diario Ultimas Noticias y librar boleta de notificación dirigida a la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público.
En fecha 08/12/2022, el ciudadano Jimm Gil, Alguacil del Tribunal mediante diligencia cursante al folio (07), consigno la correspondiente boleta de notificación dirigida a la Fiscalía 14° del Ministerio Público, recibida en fecha 07/12/2022.
El Tribunal por cuanto observa que desde el día 08/12/2022, fecha en que fue debidamente citada la Fiscal 14° del Ministerio Publico mediante boleta consignada por el alguacil del Despacho en fecha 07/12/2022 para que compareciera ante este Tribunal dentro de los Diez (10) días de Despacho siguientes contados a la consignación de su notificación para que actuara en el procedimiento como parte de buena fe, sin que la misma haya comparecido dentro del lapso señalado, habiendo transcurrido DOCE (12) DIAS DE DESPACHO, los que a continuación se especifican: 09/12/22; 12/12/22; 14/12/22; 15/12/22; 19/12/22; 20/12/22; 21/12/22; 09/01/23; 10/01/23; 11/01/23; 12/01/23; 13/01/23, por cuanto ha transcurrido un tiempo prudencial para que la Fiscal 14° del Ministerio Publico emitiera su opinión, el Tribunal ordena emitir sentencia en la presente solicitud.
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