REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintitrés (2023)
212º y 163º
Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana CARMEN VICENTA RODRIGUEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.443.892, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARISBELIA HADDAD, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 31.632; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos CARMEN VICENTA RODRIGUEZ DE PEREZ, OSCAR EDUARDO DE FATIMA PEREZ RODRIGUEZ, JEAN CARLOS PEREZ RODRIGUEZ y KAREN NAZARETH PEREZ DE MATA, todos venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.443.892, V-17.563.557, V- 14.336.453 y V-18.249.277, en su orden, en su carácter de esposa e hijos del causante ESTRATONICO FLORENCIO PEREZ GARCIA, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-3.477.189, quien falleció el día veintiséis (26) de mayo de dos mil dieciséis (2016), tal como se desprende del acta de defunción emitida por el Registro Civil del Municipio Guaicaipuro, Parroquia los Teques, del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el acta No. 605 de fecha veintisiete (27) de mayo de dos mil dieciséis (2016), todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,
NUVIA BAUTISTA.
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