REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, 01 de Febrero del año 2023
212° y 163°

S-1187-2023-TSM
SOLICITANTE: EIRA EMILIA RONDON DE ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.409.213.
ABOGADO ASISTENTE: ANTONIO TREJO CALDERON, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 12.759.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

Mediante escrito de fecha diecinueve (19) de Enero del año Dos mil veintitrés (2023), según Acta de Distribución Nº 009-2023, presentado por la ciudadana EIRA EMILIA RONDON DE ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.409.213, debidamente asistida por el abogado ANTONIO TREJO CALDERON, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 12.759, por ante el Juzgado distribuidor, siendo asignado dicho expediente bajo el Nº S-1187-2023 a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alega la solicitante que ha construido una bienhechuría tipo familiar, con dinero de su propio peculio, como se evidencia en la Carta Aval emitida por el Consejo Comunal “NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN”, constando con las siguientes características: casa con paredes de bloques, techo de Zinc, paredes con frisado pintadas, piso de requemado, dos (2) habitaciones, sala-comedor, cocina, baño y deposito, el cual tiene una superficie de terreno de construcción de Ciento quince metros cuadrados con sesenta y ocho decímetro cuadrado (115,68 mts²), y un área de terreno de Doscientos sesenta y tres metros cuadrados con noventa y tres decímetros cuadrados (263,93mts²), y está ubicada en el Calvario, Paso de Servidumbre, con Curva Los Mereyes Casa S/N, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander, Estado Bolivariano de Miranda, Cuyos linderos son: Norte: en línea recta de 9.21 mtrs² con Martina Torres. SUR: en línea recta de 9.32 mtrs² con Javier Espinoza, Paso de Servidumbre y Wilmer Espinoza. ESTE: en línea recta de 28.74 mtrs² con Sucesión Palmenia Torres. OESTE: en línea quebradas de 24.33 y 2.82 mtrs² con sucesión Benigno Sarmiento, según se constata en la Mensura y Procedencia emitida la Dirección del Catastro, en la Secretaria para el Derecho a la Ciudad de la Alcaldía del Municipio Tomas Lander DCM 138/2022 de fecha 15 de noviembre de 2022.
Consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones, y a los fines que le interesa, solicitó sean declarados los testigos que oportunamente presentarían sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea expedido título supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha Enero veinte (20) de Enero del año Dos mil veintitrés (2023), se dictó auto de admisión en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En esta misma fecha se insta a la solicitante a presentar a los testigos.
En fecha primero (01) de Febrero de 2023, tuvo lugar la evacuación testimonial de los ciudadanos: ROSA ERMINIA CORREA TORREALBA Y ANGEL ALFREDO VARELA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.528.678 y V-3.795.928, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana EIRA EMILIA RONDON DE ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.409.213, sobre la bienhechuría descrita Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la solicitante.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los (01) días del mes de Febrero del año dos mil veintitrés (2023) Años: 212º de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZA



NANCY ORTIZ MALAVE


LA SECRETARIA


ANDREINA REINA




Nº S-1187-2023-TSM
NJOM/AR/jp