REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, trece (13) de febrero del año 2023
212º y 163º
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Copia simple de la Cédula de Identidad No. V-10.692.500, correspondiente a la solicitante, ciudadana MARICEL COROMOTO PELLICER LUGO, cursante al folio seis (06).-
• Croquis para Titulo Supletorio, expedido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintiséis (26) de abril del año 2022, correspondiente al inmueble objeto de la presente solicitud, cursante al folio siete (07). –
• Carta de notificación, de fecha dos (02) de junio del 2022, expedida por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), dirigida a la ciudadana MARICEL COROMOTO PELLICER LUGO, antes identificada, mediante la cual se le hace saber que el terreno en cuestión no es patrimonio del INTI, ni tampoco es privado, por lo que se presume que es de dominio Público, sin embargo, su uso quedó afectado por esa Institución y se procedió a inscribirlo en el Registro Agrario Nacional, cursante al folio ocho (08).-
• Copias simples de la Cedulas de Identidad, correspondientes a los ciudadanos CARLOS EDUARDO RAMIREZ LOZANO, JUAN DE JESUS SEGOVIA AVARIANO y ZULMA CECILIA POCE ZAMORA, en su carácter de testigos en la presente solicitud, cursante a los folios nueve (09) y diez (10).-
• Copia simple del Inpreabogado, correspondiente a la profesional del Derecho ANDRIMAR RAMIREZ LOZANO, cursante al folio once (11).-
• Copias simples de la Cédulas de Identidad, correspondientes a los ciudadanos FRANCISCO JAVIER FARRAY y MARIAN LOPEZ HERNANDEZ, cursante a los folios quince (15).-
• Copia simple de la Gaceta Oficial Nº 40.421, de fecha veintiocho (28) de mayo del año 2014, mediante la cual autoriza la tramitación del presente Titulo Supletorio por ante los Tribunales de la Republica, cursante a los folios veinte (20) y veintiuno (21).-
Así como las testimoniales de los ciudadanos MARIAN LOPEZ HERNANDEZ y CARLOS EDUARDO RAMIREZ LOZANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-20.911.093 y V-4.583.194, respectivamente, las cuales se encuentran domiciliados en, la primera: Calle Andrés Bello, casa Nº 17-03, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda y el segundo: calle Santa Rosa, sector Pacarigua, casa S/N, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de la ciudadana MARICEL COROMOTO PELLICER LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.692.500, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de Título Supletorio, referido a una casa de una (01) sola planta, edificada con bloques frisados, ventanas panorámicas, piso de cerámica y techo de zinc, sus linderos son los siguientes: NORTE: Con calle interna al parcelamiento; OESTE: Con terreno ocupado por YUDITH RICO; ESTE: Con terreno ocupado por YUDITH RICO y SUR: Con terreno ocupado por YUDITH RICO. Este inmueble posee un área aproximada de SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (76,55 M2); siendo su superficie total de terreno, NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (95,59 M2) y está distribuida de la siguiente manera: una (01) habitación principal con baño, una (1) habitación secundaria, sala-comedor, una (01) cocina, un (01) porche, un (01) patio techado y un (01) medio baño. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no habido oposición alguna DECLARA la misma TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARICEL COROMOTO PELLICER LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.692.500, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaría las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar el presente decreto en el portal web: Miranda.scc.org.ve. Cúmplase.-
LA…
…JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA Acc.,
RUBMERLY ARMAS GIRON
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas a la solicitante.-
LA SECRETARIA Acc.,
RUBMERLY ARMAS GIRON.
LQdDS/rag/yr.-
Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad.-
EXP. N° 13377.-
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