REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guatire, 03 de febrero de 2023
212º y 163º
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana: JONY JAVIER TRUJILLO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 4.582.463, actuando en nombre propio y en representación de sus Hermanos CÉSAR JOSÉ TRUJILLO GÓMEZ, FREDDY ROMÁN TRUJILLO GÓMEZ, de su Hermana, LISBETH DEL VALLE TRUJILLO GÓMEZ y de sus Sobrinos FRANKLIN ALEXIS TRUJILLO ESCALANTE, KENYS BEATRIZ TRUJILLO ESCALANTE, ENY MARÍA TRUJILLO PEREIRA y MAÍKEL ALEXANDER TRUJILLO ESCALANTE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V-4.582.462, V-6.045.082, V-8.745.545, V-17.120.347, V-17.650.054, V-16.827.701, V-26.250.241, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio FREDDY ROMÁN TRUJILLO GÓMEZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 160.542, mediante la cual solicita se declaren ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus DILIA GÓMEZ DE TRUJILLO, quien falleció Ab-intestato, en El Sector Vuelta Blanca, El Calvario, Casa Sin Número, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda, en fecha Cinco (05) de mayo de 2.019, sin perjuicio de terceros de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil., quienes actúas
I
En fecha 16 de enero de 2.023, se admitió la presente solicitud y se acordó tomar declaración a los testigos promovidos sobre los particulares contenidos en el escrito.
En fecha 30 de enero de 2.023, comparecieron Tres (03) ciudadanos que dijeron ser y llamarse: MARÍA DE JESUS ANGULO ANGULO, TAHIRIS DEL VALLE SUAREZ y SERGIO FERNANDO AHUMADA NEIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.680.863, V-16.509.098 y V-23.067.851, respectivamente, en Calidad de Testigo.
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes instrumentos:
1. Copia certificada del acta de defunción, de fecha 08 de mayo de 2.019, de la ciudadana: DILIA GÓMEZ DE TRUJILLO, expedida por la República Bolivariana de Venezuela Consejo Nacional Electoral Comisión de Registro Civil y Electoral del Estado Miranda Municipio Plaza Parroquia Guarenas, Bajo el N° de acta 252, Folio 002, Año 2.019, en un folio (1) útil el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. -
2. Copia Simple de la Cédula de Identidad del de Cujus DILIA GÓMEZ DE TRUJILLO, en un (1) folio útil. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.
3. Copia certificada del acta de matrimonio Nro. 14, de fecha 31 de julio de 1949, de los ciudadanos JOSÉ TRUJILLO GARCÍA y DILIA GÓMEZ DE TRUJILLO, Expedida por la Primera Autoridad Civil del Distrito Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, constante en dos (2) folios útiles. el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. -
4. Copia certificada del Acta de Defunción N° 099 expedida en el Registro Civil del Distrito Plaza del Estado Bolivariano de Miranda del ciudadano TRUJILLO GARCÍA JOSE, en un (1) folio útil. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.
5. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano JOSE TRUJILLO GARCIA, inserto en un (01) folio útil.
6. Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano CÉSAR JOSÉ TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (1) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
7. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano CÉSAR JOSE TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (01) folio útil.
8. Copia certificada del Acta de Defunción N° 475 del ciudadano HENRY ALEXIS TRUJILLO GOMEZ, en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda, en un (01) folio útil. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
9. Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano HENRY ALEXIS TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (1) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
10. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano HENRY ALEXIS TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (01) folio útil.
11. Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano FREDDY ROMAN TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (1) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
12. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano FREDDY ROMAN TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (01) folio útil.
13. Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana LISBETH DEL VALLE TRUJILLO GOMEZ, inserto en Tres (03) folios útiles. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
14. Copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana LISBETH DEL VALLE TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (01) folio útil.
15. Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 158 del ciudadano JONY JAVIER TRUJILLO GOMEZ, inserto en Un (01) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
16. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano JONY JAVIER TRUJILLO GOMEZ, inserto en un (01) folio útil.
17. Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 1.548 del ciudadano FRANKLIN ALEXIS TRUJILLO ESCALANTE, inserto en Un (01) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
18. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano FRANKLIN ALEXIS TRUJILLO ESCALANTE, inserto en un (01) folio útil.
19. Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 416 de la ciudadana KENYS BEATRIZ TRUJILLO ESCALANTE, inserto en Un (01) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
20. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano KENYS BEATRIZ TRUJILLO ESCALANTE, inserto en un (01) folio útil.
21. Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 27 de la ciudadana ENY MARIA TRUJILLO PEREIRA, inserto en Un (01) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
22. Copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana ENY MARIA TRUJILLO PEREIRA, inserto en un (01) folio útil.
23. Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 1.445 del ciudadano MAIKEL ALEXANDER TRUJILLO ESCALANTE, inserto en Un (01) folio útil. Expedido en la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda. El Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente. –
24. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano MAIKEL ALEXANDER TRUJILLO ESCALANTE, inserto en un (01) folio útil.
25. Copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana Testigo MARIA DE JESUS ANGULO ANGULO, inserto en un (01) folio útil.
26. Copia simple de la Cédula de Identidad del ciudadano Testigo SERGIO FERNANDO AHUMADA NEIRA, inserto en un (01) folio útil.
27. Copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana Testigo TAHIRIS DEL VALLE SUAREZ, inserto en un (01) folio útil.
28. Copia simple del INPREABOGADO del ciudadano TRUJILLO GOMEZ FREDDY ROMAN, inserto en un (01) folio útil.
Mediante los anteriores documentos los solicitantes demuestran, entre otras cosas, el fallecimiento de la ciudadana: DILIA GÓMEZ DE TRUJILLO, así como la Filiación que existía entre el solicitante y el fallecido, en su condición de hijo de la referida ciudadana.
Las solicitantes propusieron se evacuarán las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicados. En consecuencia, en fecha 30 de enero del 2023, comparecieron Tres (03) ciudadanos que dijeron ser y llamarse: MARIA DE JESUS ANGULO ANGULO, SERGIO FERNANDO AHUMADA NEIRA y TAHIRIS DEL VALLE SUAREZ en Calidad de Testigos, quienes rindieron declaración en la presente solicitud. En tal sentido, el Tribunal les otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE.
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a los ciudadanos: JONY JAVIER TRUJILLO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 4.582.463, actuando en nombre propio y en representación de sus Hermanos CÉSAR JOSÉ TRUJILLO GÓMEZ, FREDDY ROMÁN TRUJILLO GÓMEZ, de su Hermana, LISBETH DEL VALLE TRUJILLO GÓMEZ y de sus Sobrinos FRANKLIN ALEXIS TRUJILLO ESCALANTE, KENYS BEATRIZ TRUJILLO ESCALANTE, ENY MARÍA TRUJILLO PEREIRA y MAÍKEL ALEXANDER TRUJILLO ESCALANTE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V-4.582.462, V-6.045.082, V-8.745.545, V-17.120.347, V-17.650.054, V-16.827.701, V-26.250.241, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus DILIA GÓMEZ DE TRUJILLO, supra identificado. ASÍ SE DECIDE. -
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus DILIA GÓMEZ DE TRUJILLO, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.645.386, quien falleció Ab-intestato en fecha 05 de mayo del 2.019, en su condición de Madre de los ciudadanos: JONY JAVIER TRUJILLO GÓMEZ, CÉSAR JOSÉ TRUJILLO GÓMEZ, FREDDY ROMÁN TRUJILLO GÓMEZ y LISBETH DEL VALLE TRUJILLO GÓMEZ, y de sus nietos FRANKLIN ALEXIS TRUJILLO ESCALANTE, KENYS BEATRIZ TRUJILLO ESCALANTE, ENY MARÍA TRUJILLO PEREIRA y MAÍKEL ALEXANDER TRUJILLO ESCALANTE ampliamente identificadas. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por Secretaría. Igualmente, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, una vez que la parte interesada consigne las copias simples necesarias para su certificación. Cúmplase. -
JUEZA,
FABIOLA TERAN SUAREZ
SECRETARIA,
MARISOL GONZALEZ RONDON
FTS/MGR/og.-
SOL: Nº 135-22.-
En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.
SECRETARIA,
MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN
MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud asignada con el Nro. 135-22, de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano: JONY JAVIER TRUJILLO GÓMEZ. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, 03 de febrero de 2023. Años 212° y 163°. -
SECRETARIA,
MARISOL GONZALEZ RONDON
MGR/og.-
SOL: Nº 135-22.-