REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 14 de julio del 2023.
213º y 164º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE, para asegurar que los ciudadanos MARBELY CORDOVA ORTUÑO y WILLIAN RAFAEL CORDOVA ORTUÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V- 12.157.234 y V- 12.880.703, respectivamente, en su condición de hijos, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: CRUCITA ORTUÑO DE CORDOVA, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V- 4.403.020. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, constante de diecinueve (19) folios útiles, la cual fue redactada por la abogada GINNET VERAMÉNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.817, Defensora Pública Provisoria Primera con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ PROVISORIA,

HILDA JOSEFINA NAVARRO,
LA SECRETARIA.

DAMELIS FIGUERA.
HJN/DF/Dayana
Solicitud N° 23-3976.