REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 04 de julio del año 2023.
213º y 164º

Revisadas las actuaciones que conforman el presente expediente, contentivo de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos YNGRID COROMOTO QUINTERO de MENA y SAMUEL ANDRÉS MENA QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.455.893 y V-30.136.770, respectivamente, en su condición de causahabientes, debidamente asistidos de el abogado JOSÉ RICARDO MÉNDEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.455.002, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 287.192, y vista la diligencia presentada en esta misma fecha por la parte solicitante, antes identificada, asistida de abogado, mediante la cual consignó los recaudos pertinentes; al respecto este Tribunal observa que existe incongruencia con los datos señalados en el escrito de solicitud y los recaudos consignados, en lo que respecta al número de cédula de identidad del causante y el número de folio del acta de matrimonio en el cual corre inserta dicha acta; en virtud de lo anterior, este Juzgado INSTA a los solicitantes, a efectuar las correcciones a que hubiere lugar, y una vez conste en autos dicho pedimento este Despacho proveerá por auto separado lo conducente. Y así se declara.
LA JUEZ PROVISORIA,

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.



LA SECRETARIA

DAMELIS FIGUERA.








HJNR/DF/Deysi
Expediente Nº 23-3979