REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, dieciséis (16) de junio de dos mil veintitrés (2023)
213º y 163º

Revisada como ha sido la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MARIA ANDREINA MANRIQUE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-13.728.495, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIELA DURAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 162.277, actuando en su carácter de Síndico Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias, así como los recaudos consignados y las deposiciones de los testigos evacuados; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARIA ANDREINA MANRIQUE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 13.728.495, en su orden, en su carácter hija de la causante CARMEN LEANDRA HERNANDEZ DE MANRIQUE, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 4.844.464, la cual falleció el día diez (10) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), tal como se desprende del acta de defunción No. 360, emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha once (11) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.- Así se declara.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.

LA SECRETARIA,


NUVIA BAUTISTA.