REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy doce (12) de Junio 2023.

SOLICITUD Nº 157-2023.-

SOLICITANTE: ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902.-

AGOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: HECTOR GIANNUNZIO BEJAS, titular de la cedula de Identidad Nº V-17.610.233, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.358.-

RECONOCEDORES DEL DOCUMENTO PRIVADO: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad E-81.628.023, MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005, OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664, YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684, MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, titular de la cedula de Identidad Nº V-10.074.381, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, Apoderada Judicial de la ciudadana: DAYSI COROMOTO BARRIOS DE DOS SANTOS, de nacionalidad venezolana, residenciada en Portugal, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cedula de identidad V-6.415.086, según Poder Protocolizado ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Lisboa-Portugal, Registrado bajo el Nº 242, Folios 433 y 440, del libro de poderes, protestos actos, llevados por ese Consulado General, de fecha 29/11/2022, y los ciudadanos JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535 y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, actuando en su carácter de Únicos y Universales Herederos del ciudadano: ANTONIO JOSE BARRIOS SOLORZANO, (fallecido), quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 3.335.667.-


MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO.












-I-
SÍNTESIS DEL PROCESO

Se inicia la presente solicitud de Reconocimiento de Documento Privado y
sus anexos presentada en fecha nueve (09) de junio del dos mil veintitrés 2023, ante la secretaría de este Juzgado, por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902, Asistida por el Abogado HECTOR GIANNUNZIO BEJAS, titular de la cedula de Identidad Nº V-17.610.233, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.358. Acompañó a la solicitud Original de Documento Privado.-

En fecha nueve (09) de junio del dos mil veintitrés 2023, este Tribunal de Municipio admitió la referida solicitud, y fijó el Tercer (3º) día de Despacho siguientes a que conste en autos la citación, a los fines de que declare sobre el Reconocimiento de Documento Privado acompañado a dicha solicitud.-

En fecha nueve (09) de junio del dos mil veintitrés 2023, comparece ante este Tribunal los ciudadanos: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad E-81.628.023, MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005, OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664, YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684, MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, titular de la cedula de Identidad Nº V-10.074.381, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, Apoderada Judicial de la ciudadana: DAYSI COROMOTO BARRIOS DE DOS SANTOS, de nacionalidad venezolana, residenciada en Portugal, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cedula de identidad V-6.415.086, según Poder Protocolizado ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Lisboa-Portugal, Registrado bajo el Nº 242, Folios 433 y 440, del libro de poderes, protestos actos, llevados por ese Consulado General, de fecha 29/11/2022, y los ciudadanos JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535 y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, actuando en su carácter de Únicos y Universales Herederos del ciudadano: ANTONIO JOSE BARRIOS SOLORZANO, (fallecido), quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 3.335.667, quienes manifestaron renunciar al lapso de comparecencia y espontáneamente pasaron a reconocer el contenido y firma del instrumento privado presentado.

Lo anterior constituye, en opinión de quien juzga, una síntesis clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado planteada la controversia.-
-II-

ALEGATOS DE LOS SOLICITANTES

Señala la solicitante, ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-







27.535.902, Asistida por el Abogado HECTOR GIANNUNZIO BEJAS, titular de la cedula de Identidad Nº V-17.610.233, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.358, acompañó a la solicitud Original de Documento Privado, otorgado por los ciudadanos; MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad E-81.628.023, MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005, OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664, YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684, MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, titular de la cedula de Identidad Nº V-10.074.381, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, Apoderada Judicial de la ciudadana: DAYSI COROMOTO BARRIOS DE DOS SANTOS, de nacionalidad venezolana, residenciada en Portugal, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cedula de identidad V-6.415.086, según Poder Protocolizado ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Lisboa-Portugal, Registrado bajo el Nº 242, Folios 433 y 440, del libro de poderes, protestos actos, llevados por ese Consulado General, de fecha 29/11/2022, y los ciudadanos JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535 y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, actuando en su carácter de Únicos y Universales Herederos del ciudadano: ANTONIO JOSE BARRIOS SOLORZANO, (fallecido), quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 3.335.667, el cual corre inserto en el folio Nº 2, que textualmente dice así; “Nosotros, MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad E-81.628.023; poseedor de mis derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%); MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005; poseedora de mis derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%); OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664; poseedora de mis derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%); YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684; poseedor de mis derechos con un porcentaje de un diez por ciento (10%); DAYSI COROMOTO BARRIOS DE DOS SANTOS, de nacionalidad venezolana, residenciada en Portugal, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cedula de identidad V-6.415.086, poseedora de sus derechos con un porcentaje de un diez por ciento (10%), representada debidamente por la ciudadana MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-10.074.381, según consta en documento poder protocolizado ante Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Lisboa- Portugal, registrado bajo el Nro. 242, folios 439 y 440, del libro de poderes, protestos y otros actos, llevados por ese Consulado General, de fecha 29 de noviembre de 2022; y ANTONIO JOSE BARRIOS SOLORZANO (+) hoy










fallecido, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 3.335.667 y poseedor de una totalidad de derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%), en este acto representado por JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535 y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, actuando en su carácter de Únicos y Universales Herederos del mencionado de cujus; por medio de la presente declaramos: que damos en venta, pura, simple, perfecta e irrevocable a la ciudadana ELIZABETH FENG HE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.535.902; la totalidad de derechos que poseemos, los cuales representan un cien por ciento (100%) de la totalidad de un inmueble del cual somos copropietarios y que está constituido por unas bienhechurías que se encuentran construidas sobre un terreno de Propiedad Municipal que mide Quinientos Sesenta y Nueve Metros Cuadrados con Dos Centímetros (569,02 Mts2) aproximadamente, según consta de Croquis de Levantamiento Parcelario con Medidas, Linderos y Áreas Aproximadas del Terreno, emitido por la Alcaldía en su División de Catastro en Santa Teresa del Tuy, Municipio Autónomo Independencia del Estado Miranda a la fecha 12/08/2019, con el N° ML-1399-2019, el cual, se encuentra ubicado en la Avenida Falcón, de la población de Santa Teresa del Tuy, en jurisdicción del Municipio Autónomo Independencia del Estado Bolivariano de Miranda. El señalado inmueble está identificado con el N°121, y se encuentra constituido por dos (02) Locales Comerciales, ambos enclavados dentro de la misma área de terreno, distinguidos con el N° 1-A y 1-B, los cuales poseen las siguientes características: Local N°1-A: Está compuesto por Un Local Comercial con una oficina en la entrada a mano derecha, en el Área de Depósito, en la parte de atrás, posee dos (02) baños con su cerámica y con todas sus instalaciones sanitarias, además, allí también posee una Oficina pequeña, un área para comedor, un área donde se encuentran instalados los tanques de agua potable y un área para guardar todo lo que son mercancías para cambio. El Local en general, está totalmente construido con paredes de bloques y frisadas todas sus paredes y posee techo de acerolit, y en frente posee un Portón de hierro y puertas de hierro con vidrio, posee un mesón de cerámica al lado de la oficina que está en la entrada del Local, el piso es todo de granito. Local N°1-B: Está ubicado en el lateral izquierdo del Local 1-A, posee entrada independiente hacia el frente de la Calle Falcón y se encuentra anexo allí al Local 1-A ya que ambos están construidos dentro de la misma área de terreno, el cual, posee un Portón de hierro con su reja y los Locales en general, están totalmente construidos con paredes de bloques y frisadas todas sus paredes y posee techo de acerolit. Y se encuentran comprendidos dentro de los siguientes linderos y medidas generales: Norte: En Cuarenta y Dos Metros con Quince Centímetros (42,15 Mtrs2.) con casa que es o fue de Pedro Machado; Sur: En Cuarenta y Dos Metros con Quince Centímetros (42,15 Mtrs2.) con casa que es o fue de la Sucesión Magdaleno Castro; Este: En Trece Metros con Sesenta Centímetros (13,60 Mtrs2.) con Terreno Municipal; Oeste: En Trece Metros con Cuarenta Centímetros (13,40 Mtrs2.) con la calle Falcón. Cuyos derechos me pertenecen tal y como se evidencia en Título Supletorio Suficiente de posesión y propiedad, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario, Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha treinta y uno (31) de mayo de 2021. El precio total de nuestros derechos ha sido acordado entre las partes en trescientos ochenta y cinco










mil bolívares exactos ( 385.000 Bs.), los cuales han sido cancelados en su totalidad mediante tres (03) cuotas consecutivas, recibidas a entera y cabal satisfacción de todos y cada uno de los vendedores supra plenamente
identificados. En razón de la presente venta, queda en posesión del inmueble la ciudadana compradora antes identificada, totalmente desocupado y en óptimas condiciones de habitabilidad; así mismo, nos obligamos al saneamiento de Ley correspondiente. Y yo ELIZABETH FENG HE, antes ampliamente identificada, declaro: Que acepto la venta que se me hace por medio de este Instrumento del inmueble ya identificado, y lo ratifico en todos los términos antes expuestos En Santa Teresa del Tuy, a los veinte (20) días del mes de mayo de 2023.”


Solicito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 927 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.366 y siguientes del Código Civil, que se cite a los ciudadanos: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad E-81.628.023, MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005, OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664, YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684, MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, titular de la cedula de Identidad Nº V-10.074.381, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535 y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, a los fines de que declare a tenor de los particulares señalados en dicha solicitud.

-III-
PUNTO PREVIO

Del análisis del caso de autos se puede evidenciar, que la parte solicitante pidió el reconocimiento de firma y contenido del documento privado promovido, conforme al artículo 927 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1.366 y siguientes del Código Civil, por lo que se tramita mediante solicitud, para preparar la Vía Ejecutiva, y Así se decide.

En el presente caso cursa en los folios Nº 15,16 17 18 19 20 y 21, el acta de fecha 09/06/2023, levantada por este Tribunal, dejando constancia de la comparecencia espontanea de los Reconocedores MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, plenamente identificada, quien fue impuesta del motivo de su comparecencia, en el mismo acto le fue puesto de vista y manifiesto el documento acompañado a la solicitud, a los fines de su reconocimiento o no del mismo y quienes declararon en acta lo siguiente:










1- “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”.

2- “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido
del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”.

3- “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”.

4- “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”.

5- “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”.

6- “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”.

7- “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”.


En lo que concierne, el artículo 631 del Código de procedimiento Civil, el cual dice textualmente así:










Art. 631. C.P.C “(…) Para preparar la Vía Ejecutiva puede pedir el acreedor, ante cualquier Juez del domicilio del deudor, o del lugar donde se encuentre éste, el reconocimiento de su firma extendida en instrumento privado, y el Juez le ordenará que declare sobre la petición (…)”

Igualmente el artículo 1.634 del Código Civil, el cual establece lo siguiente:

Art. 1.364 C.C. “(…) Aquel contra quien se produce o a quien se exige el reconocimiento de un instrumento privado, está obligado a reconocerlo o negarlo formalmente. Si no lo hiciere, se tendrá igualmente como reconocido (…)”


Así las cosas, por cuanto en el presente caso lo consagrado en ambos artículos se encuentra del Documento Privado reconocido por los ciudadanos: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad E-81.628.023, MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005, OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664, YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684, MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, titular de la cedula de Identidad Nº V-10.074.381, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535 y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, es por lo que este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 927 del Código de Procedimiento Civil, declara Autenticado al referido Documento Privado, y así se establece. -

-IV-
DECISIÓN

Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos; PRIMERO: Declara CON LUGAR, la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. SEGUNDO: Declara RECONOCIDO el DOCUMENTO PRIVADO; presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902, que textualmente dice así; ““Nosotros, MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad











E-81.628.023; poseedor de mis derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%); MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005; poseedora de mis derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%); OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664; poseedora de mis derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%); YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684; poseedor de mis derechos con un porcentaje de un diez por ciento (10%); DAYSI COROMOTO BARRIOS DE DOS SANTOS, de nacionalidad venezolana, residenciada en Portugal, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cedula de identidad V-6.415.086, poseedora de sus derechos con un porcentaje de un diez por ciento (10%), representada debidamente por la ciudadana MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-10.074.381, según consta en documento poder protocolizado ante Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Lisboa- Portugal, registrado bajo el Nro. 242, folios 439 y 440, del libro de poderes, protestos y otros actos, llevados por ese Consulado General, de fecha 29 de noviembre de 2022; y ANTONIO JOSE BARRIOS SOLORZANO (+) hoy fallecido, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 3.335.667 y poseedor de una totalidad de derechos con un porcentaje de un veinte por ciento (20%), en este acto representado por JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535 y JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, actuando en su carácter de Únicos y Universales Herederos del mencionado de cujus; por medio de la presente declaramos: que damos en venta, pura, simple, perfecta e irrevocable a la ciudadana ELIZABETH FENG HE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.535.902; la totalidad de derechos que poseemos, los cuales representan un cien por ciento (100%) de la totalidad de un inmueble del cual somos copropietarios y que está constituido por unas bienhechurías que se encuentran construidas sobre un terreno de Propiedad Municipal que mide Quinientos Sesenta y Nueve Metros Cuadrados con Dos Centímetros (569,02 Mts2) aproximadamente, según consta de Croquis de Levantamiento Parcelario con Medidas, Linderos y Áreas Aproximadas del Terreno, emitido por la Alcaldía en su División de Catastro en Santa Teresa del Tuy, Municipio Autónomo Independencia del Estado Miranda a la fecha 12/08/2019, con el N° ML-1399-2019, el cual, se encuentra ubicado en la Avenida Falcón, de la población de Santa Teresa del Tuy, en jurisdicción del Municipio Autónomo Independencia del Estado Bolivariano de Miranda. El señalado inmueble está identificado con el N°121, y se encuentra constituido por dos (02) Locales Comerciales, ambos enclavados dentro de la misma área de terreno, distinguidos con el N° 1-A y 1-B, los cuales poseen las siguientes características: Local N°1-A: Está compuesto por Un Local Comercial con una oficina en la entrada a mano derecha, en el Área de Depósito, en la parte de atrás, posee dos (02) baños con su cerámica y con todas sus instalaciones sanitarias, además, allí también posee una Oficina pequeña, un área para comedor, un área donde se encuentran instalados los tanques de agua potable y un área para










guardar todo lo que son mercancías para cambio. El Local en general, está totalmente construido con paredes de bloques y frisadas todas sus paredes y posee techo de acerolit, y en frente posee un Portón de hierro y puertas de hierro con vidrio, posee un mesón de cerámica al lado de la oficina que está en la entrada del Local, el piso es todo de granito. Local N°1-B: Está ubicado en el lateral izquierdo del Local 1-A, posee entrada independiente hacia el frente de la Calle Falcón y se encuentra anexo allí al Local 1-A ya que ambos están construidos dentro de la misma área de terreno, el cual, posee un Portón de hierro con su reja y los Locales en general, están totalmente construidos con paredes de bloques y frisadas todas sus paredes y posee techo de acerolit. Y se encuentran comprendidos dentro de los siguientes linderos y medidas generales: Norte: En Cuarenta y Dos Metros con Quince Centímetros (42,15 Mtrs2.) con casa que es o fue de Pedro Machado; Sur: En Cuarenta y Dos Metros con Quince Centímetros (42,15 Mtrs2.) con casa que es o fue de la Sucesión Magdaleno Castro; Este: En Trece Metros con Sesenta Centímetros (13,60 Mtrs2.) con Terreno Municipal; Oeste: En Trece Metros con Cuarenta Centímetros (13,40 Mtrs2.) con la calle Falcón. Cuyos derechos me pertenecen tal y como se evidencia en Título Supletorio Suficiente de posesión y propiedad, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario, Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha treinta y uno (31) de mayo de 2021. El precio total de nuestros derechos ha sido acordado entre las partes en trescientos ochenta y cinco mil bolívares exactos ( 385.000 Bs.), los cuales han sido cancelados en su totalidad mediante tres (03) cuotas consecutivas, recibidas a entera y cabal satisfacción de todos y cada uno de los vendedores supra plenamente identificados. En razón de la presente venta, queda en posesión del inmueble la ciudadana compradora antes identificada, totalmente desocupado y en óptimas condiciones de habitabilidad; así mismo, nos obligamos al saneamiento de Ley correspondiente. Y yo ELIZABETH FENG HE, antes ampliamente identificada, declaro: Que acepto la venta que se me hace por medio de este Instrumento del inmueble ya identificado, y lo ratifico en todos los términos antes expuestos En Santa Teresa del Tuy, a los veinte (20) días del mes de mayo de 2023.”. TERCERO: Se acuerda la devolución de la presente solicitud en su forma original, a los solicitantes y/o alguno de sus apoderados judiciales, ordenado expedir copias certificadas de la misma, a los fines del archivo en este Tribunal.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil veintitrés (2023).- Años: 213º de la Independencia y 164º de la federación.-
La Jueza Provisoria,

Marjorie Aying Villafañe
El Secretario Titular

Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

En la misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, previa el anuncio de Ley.-

El Secretario Titular

Guillermo Alexander Jiménez Marchan.
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-













REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, nueve (09) de junio del año Dos Mil veintitrés (2023).
213º y 164º

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:
Al ciudadano: JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.835.319, para que comparezca por ante este Juzgado a las once (11:00 a.m.) hora de la mañana, a fin de que declare en relación con la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado que le será puesto a la vista y de manifiesto ante este Tribunal, presentado por la ciudadana (s): ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. Firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha en prueba de haber sido citada y de haber recibido copia certificada del documento objeto de dicho reconocimiento. -

La Jueza


Marjorie Aying Villafañe.

Fecha: _________________________Hora: __________________________
El citado (a)_________________________________Lugar: _____________
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-



Dirección del Tribunal: Calle Bolívar, Edificio Stella, piso 1, oficia Nº 2, Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. Teléfono: 0239-2312823 Correo electrónico: municipio.civil.santateresatuy@gmail.com




















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, nueve (09) de junio del año Dos Mil veintitrés (2023).
213º y 164º

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:
A la ciudadana: JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.535, para que comparezca por ante este Juzgado a las diez cincuenta y cinco (10:55 a.m.) hora de la mañana, a fin de que declare en relación con la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado que le será puesto a la vista y de manifiesto ante este Tribunal, presentado por la ciudadana (s): ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. Firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha en prueba de haber sido citada y de haber recibido copia certificada del documento objeto de dicho reconocimiento. -

La Jueza


Marjorie Aying Villafañe.

Fecha: _________________________Hora: __________________________
El citado (a)_________________________________Lugar: _____________
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-



Dirección del Tribunal: Calle Bolívar, Edificio Stella, piso 1, oficia Nº 2, Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. Teléfono: 0239-2312823 Correo electrónico: municipio.civil.santateresatuy@gmail.com



















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EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, nueve (09) de junio del año Dos Mil veintitrés (2023).
213º y 164º

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:
A la ciudadana: MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, Apoderada Judicial de la ciudadana: DAYSI COROMOTO BARRIOS DE DOS SANTOS, de nacionalidad venezolana, residenciada en Portugal, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cedula de identidad V-6.415.086, para que comparezca por ante este Juzgado a las diez cincuenta (10:50 a.m.) hora de la mañana, a fin de que declare en relación con la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado que le será puesto a la vista y de manifiesto ante este Tribunal, presentado por la ciudadana (s): ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. Firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha en prueba de haber sido citada y de haber recibido copia certificada del documento objeto de dicho reconocimiento. -

La Jueza


Marjorie Aying Villafañe.

Fecha: _________________________Hora: __________________________
El citado (a)_________________________________Lugar: _____________
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-



Dirección del Tribunal: Calle Bolívar, Edificio Stella, piso 1, oficia Nº 2, Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. Teléfono: 0239-2312823 Correo electrónico: municipio.civil.santateresatuy@gmail.com


















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EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, nueve (09) de junio del año Dos Mil veintitrés (2023).
213º y 164º

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:
Al ciudadano: YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 6.415.684, para que comparezca por ante este Juzgado a las diez cincuenta (10:50 a.m.) hora de la mañana, a fin de que declare en relación con la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado que le será puesto a la vista y de manifiesto ante este Tribunal, presentado por la ciudadana (s): ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. Firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha en prueba de haber sido citada y de haber recibido copia certificada del documento objeto de dicho reconocimiento. -

La Jueza


Marjorie Aying Villafañe.

Fecha: _________________________Hora: __________________________
El citado (a)_________________________________Lugar: _____________
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-



Dirección del Tribunal: Calle Bolívar, Edificio Stella, piso 1, oficia Nº 2, Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. Teléfono: 0239-2312823 Correo electrónico: municipio.civil.santateresatuy@gmail.com





















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, nueve (09) de junio del año Dos Mil veintitrés (2023).
213º y 164º

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:
Al ciudadano: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, de nacionalidad extranjero (portugués) en condición de residente, mayor de edad, comerciante, de estado civil casado y titular de la cedula de identidad E-81.628.023, para que comparezca por ante este Juzgado a las diez (10:00 a.m.) hora de la mañana, a fin de que declare en relación con la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado que le será puesto a la vista y de manifiesto ante este Tribunal, presentado por la ciudadana (s): ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. Firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha en prueba de haber sido citada y de haber recibido copia certificada del documento objeto de dicho reconocimiento. -

La Jueza


Marjorie Aying Villafañe.

Fecha: _________________________Hora: __________________________
El citado (a)_________________________________Lugar: _____________
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-



Dirección del Tribunal: Calle Bolívar, Edificio Stella, piso 1, oficia Nº 2, Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. Teléfono: 0239-2312823 Correo electrónico: municipio.civil.santateresatuy@gmail.com




















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, nueve (09) de junio del año Dos Mil veintitrés (2023).
213º y 164º

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:
A la ciudadana: MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.287.005, para que comparezca por ante este Juzgado a las diez y media (10:30 a.m.) hora de la mañana, a fin de que declare en relación con la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado que le será puesto a la vista y de manifiesto ante este Tribunal, presentado por la ciudadana (s): ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. Firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha en prueba de haber sido citada y de haber recibido copia certificada del documento objeto de dicho reconocimiento. -

La Jueza


Marjorie Aying Villafañe.

Fecha: _________________________Hora: __________________________
El citado (a)_________________________________Lugar: _____________
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-



Dirección del Tribunal: Calle Bolívar, Edificio Stella, piso 1, oficia Nº 2, Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. Teléfono: 0239-2312823 Correo electrónico: municipio.civil.santateresatuy@gmail.com


















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, nueve (09) de junio del año Dos Mil veintitrés (2023).
213º y 164º

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:
A la ciudadana: OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad con el número V- 4.853.664, para que comparezca por ante este Juzgado a las diez y cuarenta (10:40 a.m.) hora de la mañana, a fin de que declare en relación con la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado que le será puesto a la vista y de manifiesto ante este Tribunal, presentado por la ciudadana (s): ELIZABETH FENG HE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.535.902. Firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha en prueba de haber sido citada y de haber recibido copia certificada del documento objeto de dicho reconocimiento. -

La Jueza


Marjorie Aying Villafañe.

Fecha: _________________________Hora: __________________________
El citado (a)_________________________________Lugar: _____________
Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-



Dirección del Tribunal: Calle Bolívar, Edificio Stella, piso 1, oficia Nº 2, Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. Teléfono: 0239-2312823 Correo electrónico: municipio.civil.santateresatuy@gmail.com

















En horas de Despacho del día de hoy, nueve (09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez (10:00 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada a los fines comparecencia del ciudadano: JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, para que declare sobre la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, se anunció el acto en forma de Ley a la puerta del Tribunal y compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: comparecencia del ciudadano: JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ. Acto seguido, en este mismo acto se le pone de vista y manifiesto el Documento Privado, quien expone: “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”. Visto el Reconocimiento de Documento Privado, realizado por el ciudadano: JOSE LUIS BARRIOS MARTINEZ, este Tribunal acuerda el pronunciamiento respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy por separado mediante sentencia. Es todo”. Termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,

Dra. Marjorie Aying Villafañe.


_____________________
El Reconocedor



El Secretario Titular,


Dr. Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-






































En horas de Despacho del día de hoy, nueve (09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez y cincuenta y cinco (10:55 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada a los fines comparecencia de la ciudadana: JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, para que declare sobre la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, se anunció el acto en forma de Ley a la puerta del Tribunal y compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: comparecencia de la ciudadana: JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE. Acto seguido, en este mismo acto se le pone de vista y manifiesto el Documento Privado, quien expone: “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”. Visto el Reconocimiento de Documento Privado, realizado por la ciudadana: JOSELYN BELISMAR BARRIOS ECHENIQUE, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, este Tribunal acuerda el pronunciamiento respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy por separado mediante sentencia. Es todo”. Termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,

Dra. Marjorie Aying Villafañe.


_____________________
El Reconocedor



El Secretario Titular,


Dr. Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-












En horas de Despacho del día de hoy, nueve (09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez y cincuenta (10:50 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada a los fines comparecencia de la ciudadana: MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, para que declare sobre la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, se anunció el acto en forma de Ley a la puerta del Tribunal y compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: comparecencia de la ciudadana: MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276. Acto seguido, en este mismo acto se le pone de vista y manifiesto el Documento Privado, quien expone: “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”. Visto el Reconocimiento de Documento Privado, realizado por la ciudadana: MARIA PIA PONTRELLI SOLORZANO, Abogada Inscripta con el Inpreabogado Nº 59.276, este Tribunal acuerda el pronunciamiento respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy por separado mediante sentencia. Es todo”. Termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,

Dra. Marjorie Aying Villafañe.


_____________________
El Reconocedor



El Secretario Titular,


Dr. Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-














En horas de Despacho del día de hoy, nueve (09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez y cincuenta (10:50 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada a los fines comparecencia del ciudadano: YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, para que declare sobre la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, se anunció el acto en forma de Ley a la puerta del Tribunal y compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: comparecencia del ciudadano: YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO. Acto seguido, en este mismo acto se le pone de vista y manifiesto el Documento Privado, quien expone: “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”. Visto el Reconocimiento de Documento Privado, realizado por el ciudadano: YVAN ANTONIO BARRIOS SOLORZANO, este Tribunal acuerda el pronunciamiento respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy por separado mediante sentencia. Es todo”. Termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,

Dra. Marjorie Aying Villafañe.


_____________________
El Reconocedor



El Secretario Titular,


Dr. Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-














En horas de Despacho del día de hoy, nueve (09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez y cuarenta (10:40 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada a los fines comparecencia de la ciudadana: OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, para que declare sobre la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, se anunció el acto en forma de Ley a la puerta del Tribunal y compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: comparecencia de la ciudadana: OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO. Acto seguido, en este mismo acto se le pone de vista y manifiesto el Documento Privado, quien expone: “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”. Visto el Reconocimiento de Documento Privado, realizado por la ciudadana: OMAIRA JOSEFINA BARRIOS SOLORZANO, este Tribunal acuerda el pronunciamiento respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy por separado mediante sentencia. Es todo”. Termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,

Dra. Marjorie Aying Villafañe.


_____________________
El Reconocedor



El Secretario Titular,


Dr. Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-














En horas de Despacho del día de hoy, nueve (09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez y media (10:30 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada a los fines comparecencia de la ciudadana: MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, para que declare sobre la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, se anunció el acto en forma de Ley a la puerta del Tribunal y compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: comparecencia de la ciudadana: MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO. Acto seguido, en este mismo acto se le pone de vista y manifiesto el Documento Privado, quien expone: “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”. Visto el Reconocimiento de Documento Privado, realizado por la ciudadana: MARY BELEN BARRIOS SOLORZANO, este Tribunal acuerda el pronunciamiento respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy por separado mediante sentencia. Es todo”. Termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,

Dra. Marjorie Aying Villafañe.


_____________________
El Reconocedor



El Secretario Titular,


Dr. Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-
















En horas de Despacho del día de hoy, nueve (09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez (10:00 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada a los fines comparecencia del ciudadano: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, para que declare sobre la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado presentado por la ciudadana: ELIZABETH FENG HE, se anunció el acto en forma de Ley a la puerta del Tribunal y compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: comparecencia del ciudadano: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN. Acto seguido, en este mismo acto se le pone de vista y manifiesto el Documento Privado, quien expone: “En primer término renuncio al lapso de comparecencia, para inmediatamente pasar a reconocer el documento y sí, es cierto el contenido del documento que se me ha puesto de manifiesto, por ser mía la firma, número de cedula y huellas dactilares estampadas, en el referido documento, es todo”. Visto el Reconocimiento de Documento Privado, realizado por el ciudadano: MANUEL SOUSA ASENCAO VALENTIN, este Tribunal acuerda el pronunciamiento respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy por separado mediante sentencia. Es todo”. Termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,

Dra. Marjorie Aying Villafañe.


_____________________
El Reconocedor



El Secretario Titular,


Dr. Guillermo Alexander Jiménez Marchan.

Solicitud. Nº 157-2023.-
MAV/Jiménez*.-