REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA.




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUBNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guatire, 13 de junio de 2023.
213º y 164º

Compareció ante el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, la ciudadana: FATIMA KARINA GONCALVES HERRERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-18.011.053, debidamente asistida por la Abogada GLADYS JOSEFINA RADA GUZMAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 165.683, Solicitando de este Tribunal que se declare a su favor TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, sobre un terreno Ubicado en la Comunidad de San Pedro, Calle San Pedro, Casa S/N, Parroquia Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. -

I

En fecha 19 de mayo de 2023, este Tribunal Admite la presente solicitud y se acordó tomar las declaraciones de los testigos que ha bien tuviere presentar el solicitante.

En fecha 07 de junio de 2023, comparecieron ante este Juzgado Dos (2) ciudadanas quienes dijeron ser y llamarse: YENNIFER ROJAS SOJO y GLADYS DEL VALLE MOSQUEDA LARA, venezolanas, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nros. V.-14.688.251 y V.-13.482.360, respectivamente. En Calidad de Testigos, quienes rindieron las respectivas testimoniales concernientes a la presente solicitud.

En fecha 07 de junio de 2023, compareció la ciudadana FATIMA KARINA GONCALVES HERRERA debidamente asistida por la Abogada GLADYS JOSEFINA RADA GUZMAN, quien consigno diligencia mediante la cual sustituye al ciudadano ERENESTO JOSE GONZALEZ en calidad de testigo por la ciudadana GLADYS DEL VALLE MOSQUEDA LARA.

II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que el solicitante acompaño los siguientes instrumentos:
1. Copia Simple de la Cédula de Identidad de la solicitante la ciudadana FATIMA KARINA GONCALVES HERRERA, en un (1) folio útil, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
2. Original de Rectificación de Medidas y Linderos, CATFIS-078-2022, de fecha 09 de Enero de 2023, a nombre de la ciudadana FATIMA KARINA GONCALVES HERRERA, expedida por el Municipio Ambrosio Plaza, Gerencia de Gestión Urbanas, Dirección de Catastro y Tierras, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
3. Original de Croquis a nombre de la ciudadana FATIMA GONCALVES, de fecha 09 de Enero de 2023, expedido por el Municipio Ambrosio Plaza, Gerencia de Gestión Urbanas, Dirección de Catastro y Tierras, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
4. Original de Plano de Distribución de Planta Baja, expedido por el Ingeniero Civil HECTOR E. MEDINA T, C.I.V: 80.224, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.363 del Código Civil Venezolano Vigente.-
5. Original de Plano de Distribución del Nivel I, expedido por el Ingeniero Civil HECTOR MEDINA, C.IV: 80.224, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.363 del Código Civil Venezolano Vigente.-
6. Original de Certificado de Solvencia a nombre del Ingeniero Civil MEDINA TORRES HECTOR EDUARDO, C.I.V: 80224, expedido por el Colegio de Ingenieros de Venezuela.
7. Original de Carta de Residencia a nombre de la ciudadana FATIMA KARINA GONCALVES, expedida por el Ministerio de Poder Popular para las Comunas, Parroquia Guarenas-Municipio Plaza, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
8. Copia Simple de la Cédula de Identidad del ciudadano ERNESTO JOSE GONZALEZ, en un (1) folio útil. En Calidad de Testigo, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
9. Copia Simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana YENIFER ROJAS SOJO, en un (1) folio útil. En Calidad de Testigo, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
10. Original de Autorización, Oficio Nro. 069/2023, de fecha 10 de Mayo de 2023, a nombre de la ciudadana FATIMA KARINA GONCALVES HERRERA, expedida por la Alcaldía del Municipio “Ambrosio Plaza”, Sindicatura Municipal, el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
La solicitante propuso se evacuarán las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicados. En consecuencia, en fecha 07 de Mayo de 2.023, comparecieron ante este Juzgado Dos (2) ciudadanas quienes dijeron ser y llamarse: YENNIFER ROJAS SOJO y GLADYS DEL VALLE MOSQUEDA LARA, supra identificados, quienes rindieron sus declaraciones en la presente solicitud.- En tal sentido, el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE.-
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana FATIMA KARINA GONCALVES HERRERA. ASÍ SE DECIDE. -
III
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, sobre un Terreno propiedad del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, Ubicado en la Comunidad de San Pedro, Calle San Pedro, Casa S/N, Parroquia Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda. Con una Superficie de Construcción de:

CIEN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS (100,81 Mts2); la cual consta de dos plantas distribuidas de la siguiente manera:

PLANTA BAJA: Con un área de construcción de CUARENTA Y TRES METROS CUDRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS (43,65 Mts2) posee un (1) baño con todos sus accesorios, una (1) sala-comedor, una (1) cocina, un (1) estacionamiento y una (1) escalera d cemento, posee además una (1) reja de hierro y una (1) ventana panorámica, con piso de mármol, paredes de bloque frisadas y pintadas, techo de platabanda; PRIMER PISO: Con un área de construcción de CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIECISEIS CENTIIMETROS CUADRADOS (57,16 Mts2) posee tres (3) habitaciones, con closets y un (1) lavadero, posee además tres (3) ventanas panorámicas, con piso de cemento, paredes de bloque frisadas y pintadas y techo de zinc, las mismas gozan de todos los servicios de aguas negras y aguas blancas. Las Presentes bienhechurías se encuentran alinderadas de la presente manera: NORTE: Con Casa de la ciudadana Heidy Rengifo; SUR: Con Casa de la ciudadana Naireth Ruiz; ESTE: Con Casa de la ciudadana Ana Castillo; y OESTE: Calle San Pedro que es su frente.

Ello se puede evidenciar en el escrito presentado para la declaración de Titulo Supletorio. A favor de la ciudadana FATIMA KARINA GONCALVES HERRERA. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación en actas por secretaría.

JUEZA,


FABIOLA TERAN SUAREZ


SECRETARIA


MARISOL GONZALEZ RONDON


MGR/YB/BH.-
SOL: Nº 37-23.-


En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.


SECRETARIA



MARISOL GONZALEZ RONDON