CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud mediante escrito presentado en fecha 24-04-2023, por ante el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, por la ciudadana DENYARIT JUSETH MARIN YANEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-28.058.281, debidamente asistida por el abogado ALVARO ABELARDO HERNANDEZ ESPEJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.958; siendo asignada la misma a este Juzgado previo sorteo en la misma fecha.
Alega la solicitante en su escrito, que en un terreno de propiedad Municipal, situado en la Avenida Monseñor Pellín, Sector Cruz Verde, emplazado en Cua, Municipio Rafael Urdaneta, del Estado Bolivariano de Miranda, ha construido a su sola y única expensas con dinero de su propio peculio, unas bienhechurías, la cual se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: en una línea recta de 15 metros con 15 centímetros, con terreno propiedad desconocida; SUR: en una línea recta de 17 metros con 46 centímetros, con casa que es o fue de la ciudadana Carmen Azuaje; ESTE: con una línea recta de 11 metros con 96 centímetros, con casa que es o fue de la familia Martínez y Ramírez; y OESTE: en una línea recta de 12 metros con 90 centímetros, con calle Monseñor Pellín. Dicho terreno tiene una superficie de DOSCIENTOS DOS METROS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (202.61 mts2) y unas bienhechurías que posee un área de construcción tipo V-3 de VEINTICUATRO METROS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (24,48 mts2). Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
De seguida, en fecha 08 de mayo de 2023, este tribunal dictó auto de entrada, instando a la solicitante a consignar los recaudos inherentes a la presente solicitud.
En este orden, en fecha 13-06-2023, previa consignación de los recaudos solicitados, este Tribunal dicto de admisión de la solicitud de marras, e instó a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva.
En fecha 20 de junio de 2023, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos ALFREDO BLAS GULLO GONZALEZ y ENYER YVAN LACRUZ ROSALES, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.825.908 y V-17.302.317, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
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