REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Los Teques, 21 de marzo de 2023.
213º y 163º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JONATHAN JOSE CONTRERAS SILVA y JUDITH BETANIA SILVA DE CONTRERAS venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nrosº V- 19.288.586 y V- 6.426.285, respectivamente, de las bienhechurías que se encuentra ubicada en la Carretera Tara, Urbanización Tara, Sector Corralito, del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA PROVISORIO,

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA,

DAMELIS FIGUERA.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.


LA SECRETARIA,
HJNR/DF/dayana
Solicitud N° 2023-3950.