REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 02 de marzo de 2023.
Años 212º de la Independencia y 164º de la Federación

I
EXPEDIENTE Nº S-22-163

SOLICITANTE: ROSA ESTHER OLIVO DE NIETO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.979.745.
ABOGADO ASISTENTE: GINNET VERAMENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.837, Defensora Pública, designada según Resolución Nº DDPG-206-2022, de fecha 20/05/2.022.

Mediante escrito presentado por la ciudadana ROSA ESTHER OLIVO DE NIETO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.979.745, debidamente asistida gratuitamente por la abogada GINNET VERAMENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.837, Defensora Pública, designada según Resolución Nº DDPG-206-2022, de fecha 20/05/2.022, en el cual solicita se declare que la solicitante up supra identificada y los ciudadanos ROMELIA BEATRIZ NIETO DE MONTERO, JULIO CESAR NIETO OLIVO, FLOR MARIA NIETO HERNANDEZ, ANIBAL ALEJANDRO NIETO OLIVO, MARCO AURELIO NIETO OLIVO, CARMEN ALICIA NIETO OLIVO e IRAIMA JOSEFINA NIETO OLIVO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.172.222, V-6.940.312, V-4.172.223, V-12.414.918, V-6.068.129, V-6.250.525 y V-6.250.525, respectivamente, son UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-881.928, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 19 de abril de 2021, falleció ab intestato, FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-881.928, en la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador de la ciudad de Caracas, según Acta de defunción Nº 762, folio 012, Tomo 04, emitida por la primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador, Distrito Capital, de fecha 20 de abril de 2021.
2º) Acompaña la solicitud los siguientes recaudos: Acta de Defunción del ciudadano FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL; Acta de Matrimonio celebrado entres los ciudadanos ROSA ESTHER OLIVO DE NIETO y FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL; Actas de nacimiento de los ciudadanos ROMELIA BEATRIZ NIETO DE MONTERO, JULIO CESAR NIETO OLIVO, FLOR MARIA NIETO HERNANDEZ, ANIBAL ALEJANDRO NIETO OLIVO, MARCO AURELIO NIETO OLIVO, CARMEN ALICIA NIETO OLIVO e IRAIMA JOSEFINA NIETO OLIVO, respectivamente; y Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de la solicitante, del De Cujus, de los ciudadanos , ROMELIA BEATRIZ NIETO DE MONTERO, JULIO CESAR NIETO OLIVO, FLOR MARIA NIETO HERNANDEZ, ANIBAL ALEJANDRO NIETO OLIVO, MARCO AURELIO NIETO OLIVO, CARMEN ALICIA NIETO OLIVO e IRAIMA JOSEFINA NIETO OLIVO, respectivamente, y de los testigos promovidos.

II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha dos (02) de marzo de dos mil veintitrés (2023), se oyeron las declaraciones del ciudadano LUIS EDUARDO QUINTERO CHACON, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de 48 años de edad, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-13.136.524 y el ciudadano CARLOS LUIS ESCALANTE NIETO venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, de 33 años de edad, de profesión u oficio Entrenador de futbol, titular de la cédula de identidad N° V-19.095.934, quienes afirmaron que conocen a la solicitante, a sus hijos, así como al De Cujus, dejando constancia de que los ciudadanos ROSA ESTHER OLIVO DE NIETO, ROMELIA BEATRIZ NIETO DE MONTERO, JULIO CESAR NIETO OLIVO, FLOR MARIA NIETO HERNANDEZ, ANIBAL ALEJANDRO NIETO OLIVO, MARCO AURELIO NIETO OLIVO, CARMEN ALICIA NIETO OLIVO e IRAIMA JOSEFINA NIETO OLIVO, son los únicos herederos del fallecido ciudadano FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL. Declaraciones que este Tribunal les da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL; ACTA DE MATRIMONIO celebrado entres los ciudadanos ROSA ESTHER OLIVO DE NIETO y FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL; ACTAS DE NACIMIENTO de los ciudadanos ROMELIA BEATRIZ NIETO DE MONTERO, JULIO CESAR NIETO OLIVO, FLOR MARIA NIETO HERNANDEZ, ANIBAL ALEJANDRO NIETO OLIVO, MARCO AURELIO NIETO OLIVO, CARMEN ALICIA NIETO OLIVO e IRAIMA JOSEFINA NIETO OLIVO, respectivamente; y COPIAS FOTOSTÁTICAS de las cédulas de identidad de la solicitante, del De Cujus y de los ciudadanos , ROMELIA BEATRIZ NIETO DE MONTERO, JULIO CESAR NIETO OLIVO, FLOR MARIA NIETO HERNANDEZ, ANIBAL ALEJANDRO NIETO OLIVO, MARCO AURELIO NIETO OLIVO, CARMEN ALICIA NIETO OLIVO e IRAIMA JOSEFINA NIETO OLIVO, respectivamente. Por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECLARA.
III
DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus FRANCISCO RAFAEL NIETO CASTELL, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-881.928, a su esposa ROSA ESTHER OLIVO DE NIETO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.979.745 y a sus hijos ROMELIA BEATRIZ NIETO DE MONTERO, JULIO CESAR NIETO OLIVO, FLOR MARIA NIETO HERNANDEZ, ANIBAL ALEJANDRO NIETO OLIVO, MARCO AURELIO NIETO OLIVO, CARMEN ALICIA NIETO OLIVO e IRAIMA JOSEFINA NIETO OLIVO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.172.222, V-6.940.312, V-4.172.223, V-12.414.918, V-6.068.129, V-6.250.525 y V-6.250.525, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la abogada GINNET VERAMENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.837, Defensora Pública, designada según Resolución Nº DDPG-206-2022, de fecha 20/05/2.022. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal y publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
EL JUEZ,


ARTURO ROBLES TOCUYO.
EL SECRETARIO.


JOSE DURAN ROMERO.
Dado, firmado y sellado, a las once horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.,) el día dos de marzo de dos mil veintitrés (02/03/2023) en la Sala de Despacho de este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
EL SECRETARIO.


JOSE DURAN ROMERO.

ART/JDR/ZHG
Solicitud S-22-163
Sentencia Definitiva