REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 22 de Marzo de 2023.
Años 212º de la Independencia y 164º de la Federación
I
EXPEDIENTE Nº S-23-037
SOLICITANTE: MARISOL CASTILLO ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.044.321.
ABOGADA ASISTENTE: OFELIA CHAVARRÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 41.361.
Mediante escrito presentado por la ciudadana MARISOL CASTILLO ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.044.321, debidamente asistida por la abogada OFELIA CHAVARRÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 41.361, en el cual solicita se les declare a las ciudadanas Yaritza Coromoto Castillo Acevedo, Yanette Del Valle Castillo Acevedo, Erika Margarita Castillo Acevedo, Yamilet Coromoto Castillo Acevedo y Marisol Castillo Acevedo, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-15.815.325, V-16.370.337, V-13.476.707, V-16.370.335 y V-11.044.321, respectivamente, UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus CORNELIO DEL JESÚS CASTILLO, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.760.787, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 18 de Septiembre de 2022, falleció ab intestato, el ciudadano CORNELIO DEL JESÚS CASTILLO, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-3.760.787, quien era padre de las ciudadanas YARITZA COROMOTO CASTILLO ACEVEDO, YANETTE DEL VALLE CASTILLO ACEVEDO, ERIKA MARGARITA CASTILLO ACEVEDO, YAMILET COROMOTO CASTILLO ACEVEDO y MARISOL CASTILLO ACEVEDO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-15.815.325, V-16.370.337, V-13.476.707, V-16.370.335 y V-11.044.321, respectivamente.
2º) Acompaña la solicitud los siguientes recaudos: Acta de defunción del causante CORNELIO DEL JESÚS CASTILLO; Acta de Nacimiento de las ciudadanas YARITZA COROMOTO CASTILLO ACEVEDO, YANETTE DEL VALLE CASTILLO ACEVEDO, ERIKA MARGARITA CASTILLO ACEVEDO, YAMILET COROMOTO CASTILLO ACEVEDO y MARISOL CASTILLO ACEVEDO.
II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha veintiuno (21) de Marzo de dos mil veintitrés (2023), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos WILLIANS RAFAEL GARCIA MEDINA, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de 61 años de edad, de profesión u oficio Vigilante, titular de la cédula de identidad N°V-6.460.706, y INDIRA COROMOTO PALACIOS GARCIA, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de 33 años de edad, de profesión u oficio Ingeniero en Sistemas, titular de la cédula de identidad N°V-19.274.272, quienes afirmaron que conocen a las solicitantes, asimismo conocieron al De Cujus Cornelio Del Jesús Castillo, igualmente les consta que las solicitantes son las Únicas Herederas del causante. Declaraciones que este Tribunal les da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCIÓN del De Cujus CORNELIO DEL JESÚS CASTILLO, y PARTIDAS DE NACIMIENTO de las ciudadanas YARITZA COROMOTO CASTILLO ACEVEDO, YANETTE DEL VALLE CASTILLO ACEVEDO, ERIKA MARGARITA CASTILLO ACEVEDO, YAMILET COROMOTO CASTILLO ACEVEDO y MARISOL CASTILLO ACEVEDO, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos, primero, del fallecimiento del causante CORNELIO DEL JESÚS CASTILLO, segundo, la filiación existente entre el De Cujus y las ciudadanas YARITZA COROMOTO CASTILLO ACEVEDO, YANETTE DEL VALLE CASTILLO ACEVEDO, ERIKA MARGARITA CASTILLO ACEVEDO, YAMILET COROMOTO CASTILLO ACEVEDO y MARISOL CASTILLO ACEVEDO, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECLARA.
III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERA del De Cujus CORNELIO DEL JESÚS CASTILLO, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.760.787, a sus hijas ciudadanas YARITZA COROMOTO CASTILLO ACEVEDO, YANETTE DEL VALLE CASTILLO ACEVEDO, ERIKA MARGARITA CASTILLO ACEVEDO, YAMILET COROMOTO CASTILLO ACEVEDO y MARISOL CASTILLO ACEVEDO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-15.815.325, V-16.370.337, V-13.476.707, V-16.370.335 y V-11.044.321, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la abogada OFELIA CHAVARRÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 41.361. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal y publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
EL JUEZ,
ARTURO ROBLES TOCUYO.
EL SECRETARIO.
JOSE DURAN ROMERO.
Dado, firmado y sellado, a las nueve horas y diez minutos de la mañana (09:10 a.m.,) el día veintidósde Marzo de dos mil veintitrés (22/03/2023) en la Sala de Despacho de este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
EL SECRETARIO.
JOSE DURAN ROMERO.
ART/JDR/AC
Solicitud S-23-037
|