REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, primero (1º) de marzo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 163º

Vista la solicitud, así como la documentación presentada por el ciudadano GREGORIO AROCHA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 3.571.723, debidamente asistido por el abogado KERIG JONAS BORGE GOMEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 118.283, y habiendo sido evacuadas las declaraciones de los testigos que fueron presentados por el prenombrado; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos GREGORIO AROCHA y NELLY DEL ROSARIO MORENO DE AROCHA, ambos venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.571.723 y V-2.814.147, en su orden, sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda de tres niveles (dos plantas y un semisótano), la cual tiene un área de construcción de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (373,59 m2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terrero con una superficie aproximada de QUINIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (530,47 Mts2), ubicado en la Urbanización Parque el Retiro, Calle 7, Parcela L-28, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, el cual le pertenece a los ciudadanos GREGORIO AROCHA y NELLY DEL ROSARIO MORENO DE AROCHA, previamente identificado, según se desprende de documento de propiedad debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha trece (13) de mayo de mil novecientos noventa y uno (1991), anotado bajo el No. 40, Protocolo Primero, Tomo 5, y posterior aclaratoria protocolizada ante el mismo Registro Público en fecha nueve (9) de diciembre de dos mil veintidós (2022), bajo el No. 12, Folio 131, Tomo 8 del Protocolo de Transcripción del año 2022, todo lo cual se encuentra aforado por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda bajo el catastro No. 0005399.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,


NUVIA BAUTISTA.

NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA,