REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, catorce (14) de marzo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 163º
Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana LIGIA MAYORCA DE SALMERON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 3.302.634, debidamente asistido por el abogado ELVIS RAMON PARRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 126.517, así como los recaudos consignados por la referida y las deposiciones de los testigos promovidos; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos LIGIA MAYORCA DE SALMERON, MARIA DE LOURDES SALMERON MAYORCA, RAUL ENRIQUE SALMERON MAYORCA y DAVID ALEJANDRO SALMERON MAYORCA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 3.302.634, V-14.558.680, V- 14.558.679 y V- 16.369.024, en su orden, en su carácter de esposa e hijos del causante RAUL ENRIQUE SALMERON, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.311.395, quien falleció el día once (11) de diciembre de dos mil veintidós (2022), tal como se desprende del acta de defunción No. 582, emitida por el Registro Civil de la Parroquia los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda en fecha doce (12) de diciembre de dos mil veintidós (2022), todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,
NUVIA BAUTISTA.
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