REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, veinticuatro (24) de Marzo del año 2023
212° y 164°

S-1257-2023-TSM
SOLICITANTE: NANCY PAZ DE ROJAS Y LARRY LUIS PAZ ARMAS, venezolanos, casados, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº V-3.632.580 y V.-3.632.518.
ABOGADO ASISTENTE: GREICY MILAGRO GOMEZ HERNANDEZ, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 204.565.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.


Mediante escrito presentado en fecha Veintitrés (23) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), por los ciudadanos NANCY PAZ DE ROJAS y LARRY LUIS PAZ ARMAS, venezolanos, casados, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.632.580 y V.-3.632.518, respectivamente y debidamente asistidos por la abogada GREICY MILAGRO GOMEZ HERNANDEZ, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 204.565, siendo asignado a este Tribunal previa distribución.
Alegan los solicitantes que son propietarios de un inmueble ubicado en la Avenida Miranda, Casco Central, identificado como lote B, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander del Estado Miranda, el mencionado lote de terreno es de TRESCIENTOS SEIS METROS CON VENTIOCHO DECIMETROS CUADRADOS (306,28 Mts2), cuyos linderos son de la siguiente manera; NORTE: En línea recta de 52.58 mts, con Lote “A”, SUR: en línea recta de 5.65 mts, con José Luis de Sousa; ESTE: en línea recta de 5.65 mts con Calle Falcón y OESTE: En línea recta de 6,00 mts con Avenida Miranda; según consta en documento de propiedad debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio Tomas Lander del Estado Bolivariano de Miranda de fecha 15/07/1994 inscrita bajo el Nro. 50, Protocolo Primero, Tomo Primero, Tercer Trimestre.
Alegan los solicitantes que previa solicitud realizada y aprobada por la Alcaldía del Municipio Tomas Lander, fue lotificado o sub dividido un lote residencial de nuestra propiedad, emitido por la Dirección de Ingeniería Municipal del Lote N° 1 con una superficie de VEINTINUEVE METROS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (29,94 Mts2); cuyos linderos y medidas son las siguientes: (Coordenadas UTM-DATUM) NORTE: Partiendo del punto A1 de coordenadas N: 1.119.376,25 y E:743.856,06 al punto B de Coordenadas N: 1.119.376,10 y E:743.861,36 en línea recta de 5.30 Mts con Lote A; SUR: Partiendo del punto C de Coordenadas N:1.119.370,47 y E:743.860,86 al D1 de Coordenadas N:1.119.370,59 y E: 743.855,56 en Línea recta de 5,30 Mts con José Luis de Sousa; ESTE: Partiendo del Punto B de Coordenadas N:1.119.376,10 y E:743.861,36 al punto C de Coordenadas N:1.119.370,47 y E:743.860,86 en línea recta de 5,65 Mts con calle Falcón que es su fondo; OESTE: Partiendo del punto D1 de Coordenadas N:1.119.370,59 y E:743.855,56 al punto A1 de Coordenadas N:1.119.376,25 y E:743.856,06 en línea recta de 5,65 Mts con propiedad que es de propiedad Nancy Paz Armas y Larry Paz Armas; Cuyo documento de lotificación o sub división. En dicho lote de terreno Marcado Lote N° 1 con dinero de nuestro peculio hemos realizado una construcción de CINCUENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (59.88 mts2) la cual posee las siguientes características: Techo de platabanda, paredes de bloques, friso liso, piso con cerámicas, puertas de santa maría y puertas de hierro con rejas protectora. Distribución del Inmueble: un (01) local comercial, una (01) mezzanina y un (01) baño. Para lo cual consignamos planos de lote general, plano de terreno lotificado y plano de bienhechurías, Según se constata en documento de Cedula Catastral emitida por la Dirección de Catastro del Municipio Tomas Lander, bajo el Nro. DC-M-70-23, Boletín 9.444, de fecha 22 de marzo de 2023. De conformidad al Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
Alegan los solicitantes que sean declarados los testigos que oportunamente presentarían la evacuación testimonial de los ciudadanos JENIREE CAROLINA ROJAS VEGAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.929.566 y WILLIAMS JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.884.811. respectivamente.
En fecha veinticuatro (24) de Marzo del año dos mil veintitrés (2023), se dictó auto de admisión en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; se instó a los solicitantes a presentar a los testigos.
En fecha veinticuatro (24) de Marzo del año dos mil veintitrés (2023), tuvo lugar la evacuación testimonial de los ciudadanos: JENIREE CAROLINA ROJAS VEGAS y WILLIAMS JOSE RODRIGUEZ, identificados ut supra.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos NANCY PAZ DE ROJAS y LARRY LUIS PAZ ARMAS, venezolanos, casados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.632.580 y V.-3.632.518, respectivamente sobre la bienhechuría descrita Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la solicitante. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada de la presente solicitud a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023) Años: 212º de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA


NANCY ORTIZ MALAVE

LA SECRETARIA


ANDREINA REINA



En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.



LA SECRETARIA


ANDREINA REINA
Nº S-1257-2023-TSM
NJOM/AR/jp