REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, Veintinueve (29) de Marzo del año 2023
212° y 164°

S-1259-2023-TSM
SOLICITANTE: EMILIA AZUAJE GUEVARA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.423.135.
ABOGADA ASISTENTE: NELLY JOSEFINA MORGADO TIAPA, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 185.074.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

Mediante escrito presentado por la ciudadana EMILIA AZUAJE GUEVARA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.423.135, en fecha veintitrés (23) de Marzo del año Dos mil veintitrés (2023), debidamente asistida por la abogada NELLY JOSEFINA MORGADO TIAPA, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 185.074, siendo asignado a este Tribunal.
Alega la solicitante que ha construido con dinero de su propio peculio, una bienhechuría tipo vivienda familiar, la cual posee y utiliza desde hace más de treinta (30) años, constando con las siguientes características: paredes de bloque, techo de zinc, paredes sin friso, piso requemado, dos (02) habitaciones, sala-comedor, baño y cocina, el cual tiene una superficie de Construcción de SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (68,00mts2) y un Área de Terreno de NOVENTA Y TRES METROS CON DIEZ DECÍMETROS CUADRADOS (93,10mts2), y está ubicado en el Colonia Mendoza, La Uverita, Sector Guevara, Casa Nº 86, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander, Estado Bolivariano de Miranda, Cuyos linderos son: NORTE: en línea recta de 11,80 metros con Rosario Azuaje; SUR: en líneas quebradas de 7,80 y 5,20 metros con Paso de Servidumbre; ESTE: en línea recta de 5,50 metros con Paso de Servidumbre; OESTE: en líneas recta de 8,20 metros con Carlos Azuaje; según consta en la Mensura y Procedencia emitida por la Dirección del Catastro, en la Secretaria para el Derecho a la Ciudad de la Alcaldía del Municipio Tomas Lander DCM 177/2022 de fecha 01 de Diciembre del 2022.
Consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones, y a los fines que le interesa, solicita sean declarados los testigos que oportunamente presentara sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea expedido título supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha Veinticuatro (24) de Marzo de 2023, se dictó auto de admisión en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se instó al solicitante a presentar a los ciudadanos q fungirán como testigos.
En fecha Veintinueve (29) de Marzo de 2023, tuvo lugar la evacuación testimonial de las ciudadanas: MARIA ELAUTERIA APARICIO PEREZ Y REGINA RUIZ, venezolanas, solteras mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.151.387 y V-4.291.415, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de las ciudadanas identificadas Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana EMILIA AZUAJE GUEVARA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.423.135., sobre la bienhechuría descrita Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la solicitante.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los Veintinueve (29) días del mes de Marzo del año dos mil veintitrés (2023) Años: 212º de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA



NANCY ORTIZ MALAVE


LA SECRETARIA


ANDREINA REINA




En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.



LA SECRETARIA



ANDREINA REINA
Nº S-1259-2023-TSM
NJOM/AR/jp