REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, tres (03) de mayo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 163º

Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana DANIELA CAROLINA ABRAMS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-25.847.716, debidamente asistida por la abogada en ejercicio DAYANA COROMOTO MALDONADO ETAYO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 205.829, así como los recaudos consignados por la referida y las deposiciones de los testigos promovidos; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana DANIELA CAROLINA ABRAMS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-25.847.716, en su carácter de hija de la causante ZULAY MARIZA RODRIGUEZ NAVAS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-2.765.653, quien falleció el día treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintidós (2022), tal como se desprende del acta de defunción No. 2122, emitida por el Registro Civil de la Parroquia la Vega, Municipio Libertador, Distrito Capital en fecha primero (1°) de noviembre de dos mil veintidós (2022), todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.

LA SECRETARIA,


NUVIA BAUTISTA.