REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, diecisiete (17) de Mayo del año dos mil veintitrés (2023)
213° y 164°

S-1276-2023-TSM
SOLICITANTE: BLANCA ERMELINDA NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.257.430.
ABOGADA ASISTENTE: AILYDE MARIN GUTIERREZ, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 10.275.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

Mediante escrito recibido en fecha veinticuatro (24) de Abril del año dos mil veintitrés (2023), según acta de Distribución Nº 068/2023 de esta misma fecha, presentado por la ciudadana BLANCA ERMELINDA NIETO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.257.430, debidamente asistida por la abogada AILYDE MARIN GUTIERREZ, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 10.275, por ante el Juzgado distribuidor, siendo asignado a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alega la solicitante que ha construido con dinero de su propio peculio, una bienhechuría tipo vivienda familiar, en un lote de terreno, de propiedad Municipal, y descrita con las siguientes características: paredes de bloques, paredes con frisado pintadas, piso requemado, techo de placa y zinc, cuatro (04) habitaciones, sala-comedor, cocina, dos (02) baños; el cual tiene un Área de Construcción de CIENTO CINCUENTA Y TRES METROS CON SESENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (153,64 mts2), y un Área de Terreno de SETENTA Y SEIS METROS CON OCHENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (76,82 mts2), ubicada en Chaparral, Calle el Milagro con Calle Santa Eduviges, Casa S/N, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander, Estado Bolivariano de Miranda, Cuyos linderos son: Norte: en línea recta de 9.44 mts con Calle Santa Eduviges; SUR: en línea recta de 9.04 mts con Ayoris Chirinos. ESTE: en línea recta de 8.41 mts con Blanca Ermelinda. OESTE: en líneas quebradas de 4.12 y 4.18 mts con Calle El Milagro, según consta en la Mensura y Procedencia emitida por la Dirección del Catastro, en la Secretaria para el Derecho a la Ciudad de la Alcaldía del Municipio Tomas Lander DCM 052/2023 de fecha doce (12) de Abril del año dos mil veintitrés (2023).
Consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones y a los fines que le interesa, sean declarados los testigos que oportunamente presentará sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea decretado Título Supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha veintiséis (26) de Abril del año dos mil veintitrés (2023), este Tribunal admite la presente solicitud e insta a presentar a los ciudadanos que fungirán como testigos a los fines de su evacuación.
En fecha diecisiete (17) de Mayo del año dos mil veintitrés (2023), tuvo lugar las deposiciones de: MARIA DEL VALLE TERAN DE CEDEÑO Y ROSA AMELIA GONZALEZ TOSTA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.888.103 y V-19.027.908, respectivamente.
Ahora bien, en atención a las actuaciones realizadas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en la Norma Adjetiva Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana BLANCA ERMELINDA NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.257.430, sobre la bienhechuría descrita Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la solicitante.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los diecisiete (17) días del mes de Mayo del año dos mil Veintitrés (2023) Años: 213º de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA


NANCY ORTIZ MALAVE
LA SECRETARIA


ANDREINA REINA

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.

LA SECRETARIA


ANDREINA REINA




Nº S-1276-2023-TSM
NJOM/AR/jp