REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-5457-23
SOLICITANTE: ASMELI MARTINEZ CORDERO, de nacionalidad cubana, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº E-84.501.031; debidamente asistido por la abogada MARIA GABRIELA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 282.880
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.
Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 21 de noviembre de 2.023, suscrito por el ciudadano ASMELI MARTINEZ CORDERO, de nacionalidad cubana, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº E-84.501.031; debidamente asistido por la abogada MARIA GABRIELA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 282.880.
En fecha 21 de noviembre de 2.023, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados poreste Despacho, bajo el Nº S-5457-23.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folio 16 y su vuelto del presente expediente, de nombres YOSBELY COROMOTO CABEZAS y PIERINO JHONNY MORON venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.332.564 y V-7.684.210, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ASMELI MARTINEZ CORDERO, de nacionalidad cubana, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº E-84.501.031, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de propiedad privada, según documento privado de fecha 02 de diciembre de 2015, el cual tiene una superficie de CIENTO DOCE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (112,31 MTS2), ubicada en: Frente a la antigua carretera que conduce de Los Teques Carrizal, Sector Vuelta Azul, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (48,86 MTS2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada MARIA GABRIELA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 282.880.
Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de diecisiete (17) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de 2023. Años: 213° y 164°.
La Jueza,
Carmen Luisa Salazar Bravo
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
CLSB/LJVH/YBA
EXP. S-5457-23
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