REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-5426-23
SOLICITANTE: EMMA ROSA MORALES, venezolana mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro V-5.990.664, debidamente asistida por la abogada TAMARA LISBETH GOMEZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 248.278;
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.
Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 09 de octubre de 2.023, suscrito por la ciudadana EMMA ROSA MORALES, venezolana mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro V-5.990.664, debidamente asistida por la abogada TAMARA LISBETH GOMEZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 248.278.
En fecha 09 de octubre de 2.023, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5426-23.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folio 13 y su vuelto del presente expediente, de nombres MARYORI CAROLINA CARRILLO y MAYERLING MARIA ACOSTA GALINDO, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.215.688 y V-16.887.192, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana EMMA ROSA MORALES, venezolana mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro V-5.990.664, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de presunta tenencia MUNICIPAL, el cual tiene una superficie de TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (3.963,43MTS2), ubicada en: Al lado del antiguo Peaje de Paracotos, KM.39, Parroquia Paracotos, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (89.44MTS2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada la abogada TAMARA LISBETH GOMEZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 248.278.
Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los (06) días del mes de noviembre de 2023. Años: 213° y 164°.
La Jueza,
Carmen Luisa Salazar Bravo
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
CLSB/LJVH/YM
EXP. S-5426-23
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