REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-5425-23
SOLICITANTES: ANGELA ROBAYNA DE MEDEL, JONATHAN MEDEL ROBAYNA y SAMUEL MEDEL ROBAINA; de nacionalidad española la primera y venezolanos los restantes, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. E-81.475.601, V-17.742.992 y V-15.403.374, respectivamente; representados por su apoderada judicial abogada ANA INES SANTANDER ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.497.

MOTIVO: DECRETO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
-I-
Se inicia el procedimiento en virtud del escrito de solicitud presentado en fecha 09 de octubre de 2.023, ante el Tribunal Distribuidor de Turno, suscrito por la abogada ANA INES SANTANDER ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.497; en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ANGELA ROBAYNA DE MEDEL, JONATHAN MEDEL ROBAYNA y SAMUEL MEDEL ROBAINA; de nacionalidad española la primera y venezolanos los restantes, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. E-81.475.601, V-17.742.992 y V-15.403.374, respectivamente; con motivo de la solicitud de Únicos y Universales Herederos.

En fecha 09 de octubre de 2.023, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevado por este Despacho, bajo el Nº S-5425-23.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 35 y su reverso del expediente, de nombres: VICTOR ALFONSO BANKS ROMERO y MIGUEL ANGEL DIAZ RAMOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.369.606 y V-11.038.437, respectivamente; este Tribunal los valora favorablemente, pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos ANGELA ROBAYNA DE MEDEL, JONATHAN MEDEL ROBAYNA y SAMUEL MEDEL ROBAINA; de nacionalidad española la primera y venezolanos los restantes, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. E-81.475.601, V-17.742.992 y V-15.403.374, respectivamente; son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus MANUEL MEDEL PLASENCIA, quien en vida fuera portador de la Cédula de Identidad Nro, E-82.172.945, falleció en fecha 26 de junio de 2.021, Según certificado defunción función inscrito bajo el Tomo 00328, pagina 145 de la sección 3ª, de fecha 29 de junio del 2.021. Expedida por el Registro Civil Vitoria- Gasteiz de España.

Denvuélvanse a la parte solicitante las presentes actuaciones, original con sus resultas, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por la abogada ANA INES SANTANDER ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.497.

Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veinticinco (25) días del mes de octubre de 2.023. Años: 213° y 164.
La Jueza,

Carmen Luisa Salazar Bravo
El Secretario Titular,

Leonardo José Vera Hernández
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.
El Secretario Titular,

Leonardo José Vera Hernández




CLSB/LJVH/YBA
EXP- S-5425-23