REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, dos (02) de Octubre del año 2023
213° y 164°
S-1316-2023-TSM
SOLICITANTE: DARIA MEDINA DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.575.350.
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS RAFAEL PÉREZ, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 219.038.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
Mediante escrito recibido en fecha diez (10) de Agosto del año dos mil veintitrés (2023), según Acta de Distribución Nº 015/2023 con Oficio Nº 2800-012/2023 de fecha 08 de agosto del 2023 y presentado por la ciudadana DARIA MEDINA DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.575.350, debidamente asistida por el abogado CARLOS RAFAEL PÉREZ, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 219.038; por ante el Juzgado distribuidor, siendo asignado a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alega la solicitante que ha construido una bienhechuría con dinero de su propio peculio, sobre un lote de Terreno de Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicada en Marare, Calle Ali Primera, Casa Nº 07, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander del Estado Bolivariano de Miranda y posee las siguientes características: casa con Paredes de bloque, de dos (02) niveles, paredes con frisado pintadas, techo de placa, piso requemado; Planta Baja: tres (03) habitaciones, sala-comedor, cocina, dos (02) baño, porche, garaje, lavandero, 1re nivel: dos (02) habitaciones, sala, baño y terraza; el cual tiene un área de construcción de CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (425,60mts²), y un área de terreno de CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON SETENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (421,72 mts²), cuyos linderos son: Norte: en línea recta de 24.65 mts con Rubén Datita. SUR: en línea recta de 29.00 mts con Justo Martínez. Este: en línea recta 15.29 mts con Francisco Palma. Oeste: en línea de 16.69 mts con Calle Ali Primera; según consta en Mensura y Procedencia emitida por la Dirección del Catastro, en la Secretaria para el Derecho a la Ciudad de la Alcaldía del Municipio Tomas Lander DCM 102/2023 de fecha veintisiete (27) de Junio del año dos mil veintitrés (2023).
Consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones y a los fines que le interesa, solicita sean declarados los testigos que oportunamente presentará sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea expedido Título Supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha catorce (14) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), se Admite la solicitud en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se insta a la solicitante consignar constancias de residencia de los ciudadanos que fungirán como testigos
En fecha dos (02) de Octubre del año dos mil veintitrés (2023), se recibe diligencia de la ciudadana DARIA MEDINA DE MARTÍNEZ, asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS RAFAEL PÉREZ, identificados ut supra, mediante el cual consigna lo solicitado en auto de fecha 14 de agosto del año 2023. En esta misma fecha se ordena agregar a los autos a los fines legales consiguientes a la solicitud. Asimismo, se realizó las declaraciones testimoniales de las ciudadanas: MERCEDES PEREZ REVERON y LUISA TERESA NIEVES PALMA venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.414.089 y V-6.856.961, respectivamente
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de las ciudadanas identificadas Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana DARIA MEDINA DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.575.350, respectivamente, sobre las bienhechurías descritas Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los dos (02) días del mes de Octubre del año dos mil veintitrés (2023) Años: 213º de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA
NANCY ORTIZ MALAVE
LA SECRETARIA
ANDREINA REINA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA
ANDREINA REINA
S-1316-2023-TSM
NJOM/AR/jp
|