REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veintiséis (26) de octubre del año 2023
213º y 164º

Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Documento de Titularidad de Medidas y Linderos, de fecha seis (06) de julio del año 2023, emitido por la Dirección de Catastro y Tierras de la Alcaldía del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, cursante a los cinco (05).-

• Croquis de la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, expedido por la Dirección de Catastro y Tierras de la Alcaldía del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, cursante a los seis (06).-

• Plano de Distribución de la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, elaborado por el Ingeniero Civil DANILLO BUCCIARELLI, debidamente inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela (CIV) bajo el Nº 22.349, cursante al folio siete (07).-

• Oficio N° 133/2023, contentivo de la AUTORIZACIÓN otorgada al ciudadano CARLOS LUIS QUERO BEDFORD, para obtener TITULO SUPLETORIO, emitida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha cuatro (04) de agosto del año 2023, cursante al folio ocho (08).-

• Copia simple de la Cédula de Identidad No.V-30.473.488, correspondiente al solicitante, ciudadano CARLOS LUIS QUERO BEDFORD, cursante al folio nueve (09).-

• Copias simples de las Cédulas de Identidad Nos. V-10.814.601 y V-12.829.736, correspondiente a los testigos, ciudadanos LILIANA ESMERALDA ALVIAREZ y LENIS ALI CARRILLO LUQUE, respectivamente, cursante a los folio diez (10) y folio once (11), ambos inclusive.-

• Copia simple de la Cédula de Identidad No.V-10.696.442 e Inpreabogado No. 165.947, correspondiente a la profesional del Derecho, Abogada ADELAIDA RAFAELA UTRERA FLORES, cursante al folio trece (13).-

Así como las testimoniales de los testigos LENIS ALI CARRILLO LUQUE y LILIANA ESMERALDA ALVIAREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.829.736 y V-10.814.601, respectivamente, los cuales se encuentran domiciliados en, el primero: barrio nuevo, subida la Acacias, casa #15, parroquia Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda y la segunda: Las Clavellinas, Sector barrio nuevo, casa número #15, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, a favor del solicitante, ciudadano CARLOS LUIS QUERO BEDFORD, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-30.473.488, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, referido a bienhechuría, construida sobre una parcela de terreno MUNICIPAL, propiedad de la Alcaldía del Municipio Plaza, ubicado en un lugar denominado: Urbanización las Clavellinas, Calle José Ángel Lamas, Barrio nuevo Sector la Pradera casa N° 3 Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda. La referida bienhechuría tiene un área un área de OCHENTA Y DOS CON SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (82,78mts), cuyos linderos se identifican de la siguiente manera: NORTE: En una línea recta de SIETE METROS CON OCHENTA Y CINCO CENTÍMETROS (7,85MTS), con vereda la pradera que es su frente; SUR: En una línea recta de OCHO METROS CON CERO CENTÍMETROS (8,00MTS) con vivienda de la ciudadana Mileidi Mejías; ESTE: En una línea recta de NUEVE METROS CON CINCUENTA Y SIETE CENTÍMETROS (9,57MTS) con vivienda de la ciudadana Mireya Palma; OESTE: En una línea quebrada dividida en dos (2) segmentos de: PRIMER SEGMENTO: De CUATRO METROS CON TREINTA Y CINCO CENTÍMETROS (4,35MTS) y el SEGUNDO SEGMENTO: de CINCO METROS CON SETENTA CENTÍMETROS (5,70MTS) con vivienda de la ciudadana Marisela Chirinos, la cual consiste en la siguientes estructuras: Concreto, paredes de bloques, totalmente frisada, pintura de caucho, piso liso y techos de zinc, distribuida de la siguientes manera: dos (2) dormitorios, una (1) sala, una(1) cocina, un (1) baño, un (1) patio externo, instalación tubería de aguas servida blanca y servicios eléctricos, embutida externa. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no habido oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del solicitante, ciudadano CARLOS LUIS QUERO BEDFORD, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-30.473.488, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por Secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo, publicar el presente decreto en el portal web: Www.Tsj.gob.ve. Cúmplase.-
LA JUEZA,


LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA Acc,

MARIANA RIVERO HERNADEZ
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas al solicitante, CARLOS LUIS QUERO BEDFORD, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-30.473.488.-
LA SECRETARIA Acc,

MARIANA RIVERO HERNADEZ.
LQdDS/mrh/Rd.-
Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad.-
Solicitud N° 13724.-