REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-5409-23
SOLICITANTES: ELVIA ADELA SULBARAN DE APONTE; venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-4.818.384, actuando en su propio nombre en representación de su hijo, el ciudadano HERNAN JOSE APONTE SULBARAN, venezolano, mayor de edad y titular de la de cedula de identidad V-19.387.109, y de las ciudadanas BARBARA ALEXANDRA APONTE SULBARAN y MAYDER VERONICA APONTE SULBARAN, venezolanas, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nros. V-13.476.672 y V-16.660.367, respectivamente, debidamente asistidas por el abogado JESUS EDUARDO ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 251.811.
MOTIVO: DECRETO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
-I-
Se inicia el procedimiento en virtud del escrito de solicitud presentado en fecha 19 de septiembre de 2.023, ante el Tribunal Distribuidor de Turno, suscrita por la ciudadana ELVIA ADELA SULBARAN DE APONTE; venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-4.818.384, actuando en su propio nombre en representación de su hijo, el ciudadano HERNAN JOSE APONTE SULBARAN, venezolano, mayor de edad y titular de la de cedula de identidad V-19.387.109, y de las ciudadanas BARBARA ALEXANDRA APONTE SULBARAN y MAYDER VERONICA APONTE SULBARAN, venezolanas, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nros. V-13.476.672 y V-16.660.367, respectivamente, debidamente asistidas por el abogado JESUS EDUARDO ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 251.811; con motivo de la solicitud de Únicos y Universales Herederos.
En fecha 19 de septiembre de 2.023, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevado por este Despacho, bajo el Nº S-5409-23.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 31 y su reverso del expediente, de nombres: YUMAIRA COROMOTO EL ACOURI PIRELA y FLORENCIA LOZANO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.452.940 y V-4.842.078, respectivamente; este Tribunal los valora favorablemente, pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006,
emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos ELVIA ADELA SULBARAN DE APONTE, HERNAN JOSE APONTE SULBARAN, BARBARA ALEXANDRA APONTE SULBARAN y MAYDER VERONICA APONTE SULBARAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números: V-4.818.384, V-19.387.109, V-13.476.672 y V-16.660.367, respectivamente; son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de el De Cujus HERNAN JOSE APONTE LIOTA, quien en vida fue titular de la Cédula de Identidad Nro.V-4.884.136, falleció en fechas 12 de noviembre de 2.022,segun Acta de Defunción Nº 2247, FOLIO: 247, TOMO: 9 de fecha 13 de noviembre del 2.022, expedida por el Registro Civil y Electoral de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Denvuélvanse a la parte solicitante las presentes actuaciones, original con sus resultas, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el abogado JESUS EDUARDO ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 251.811.
Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veintinueve ( 29 ) días del mes de septiembre de 2.023. Años: 213° y 164.
La Jueza,
Carmen Luisa Salazar Bravo
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
CLSB/LJVH/yba
EXP- S-5409-23
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