JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, TRES (3) DE ABRIL DEL AÑO 2024.-
213° y 165°
Visto el recurso de casación anunciado mediante diligencia presentada en fecha 25 de marzo de 2024, personalmente por la abogada YAQUELINE RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.135, apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por este juzgado superior el día 29 de febrero de 2024, se admite a trámite el mismo por cuanto la cuantía de la presente demanda para la fecha en que fue presentada el 15 de mayo 2021, correspondía a (109.838.046 UT) unidades tributarias y para el día 26 de mayo de 2021 en que fue admitida la reforma de la demanda, se debe estimar en la suma de (109.838.046 UT) unidades tributarias, lo cual supera las (15.000 UT) unidades tributarias, requeridas para que contra la misma pueda ejercerse recurso de casación, conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dada la fecha de la presentación de la demanda. Igualmente, verifica esta juzgador que se cumple con los demás requisitos de recurribilidad del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, se trata de una sentencia definitiva; el recurrente tiene interés procesal porque le fue adverso lo decidido; y finalmente, por cuanto el recurso de casación fue anunciado oportunamente, el día 25 de marzo de 2024. Se deja expresa constancia que el día 2 de abril de 2024 vencieron los diez (10) días hábiles que la ley concede para anunciar recurso de casación y hoy 3 de abril de 2024 se dictó pronunciamiento sobre el recurso propuesto. En consecuencia, practíquese por secretaría el cómputo de los lapsos procesales transcurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original, el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2022, enero a diciembre del año 2023 y de enero a abril de 2024.
Practíquese lo ordenado, se insta a la parte recurrente aportar los fotostatos y una vez consten los mismos, remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró oficio N° 062.
La Juez,
Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz.-
La Secretaria Titular,
Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora
Exp. 7937
MRCR
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