TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Capacho Nuevo, miércoles 03 de abril de 2024.
213º y 165º
Por recibido oficio No.20-F14-0056-2024 de fecha 06 de marzo de 2024, proveniente de la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, constante de un (01) folio útil y sus anexos en 07 folios útiles; contentivo del original del Acta de Acuerdo de Obligación de Manutención, celebrado ante ese despacho fiscal en fecha 11 de diciembre de 2023, entre los ciudadanos RAFAEL HUMBERTO BETANCOURT RODRIGUEZ y KAREN ALEJANDRA GONZALEZ QUIROZ, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-30.201.507 y No.V-31.922.332 a favor de su hija la niña (se omite el nombre por disposición de la Ley Especial), de 2 años de edad, domiciliadas las dos últimas en el Municipio Capacho Viejo del estado Táchira.
En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, siguiéndose el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; fórmese expediente, désele entrada y sígase el curso de ley correspondiente, siendo inventariado bajo el No.3363-2024. Por cuanto el acuerdo realizado, no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles; este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en sede de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo instituido en el Artículo 375 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, le imparte su HOMOLOGACIÓN. Notifíquese a la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Publíquese, regístrese y déjese copia digitalizada para el archivo del Tribunal. Líbrese boleta, cúmplase.
EL JUEZ TITULAR
ABG. PEDRO ANTONIO GÁFARO PERNÍA.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
OSBEL ALEXANDRA ANGULO GRIMALDO.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el No.3363-2023 y se libró boleta de notificación a la Fiscalía Décimo Quinta. Se publicó siendo las 9:50 a.m, quedando registrada bajo el No._______ dejándose copia digitalizada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.
Exp.No.3363-2024
PAGP/OAAG
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