REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-5616-24
SOLICITANTE: DIOSA MARGARTIA MORA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.020.976; debidamente asistida por la Defensora Pública en materia Civil, Mercantil y Transito, abogada GINNET VERAMENDEZ; inscrita en el Inpreabogado N°-131.817.
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.
Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 02 de julio de 2.024, suscrito por la ciudadana DIOSA MARGARTIA MORA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.020.976; debidamente asistida por la Defensora Pública en materia Civil, Mercantil y Transito, abogada GINNET VERAMENDEZ; inscrita en el Inpreabogado N°-131.817.
En fecha 04 de julio de 2.024, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5616-24.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folio 18 y su vuelto del presente expediente, de nombres LISANDRO ANTONIO ORTIZ ROJAS y MARIA EMILIA RUJANO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.038.065 y V-10.903.729, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana DIOSA MARGARTIA MORA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.020.976; sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de propiedad “MUNICIPAL”, el cual tiene una superficie de CIENTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (176,53MTS2), en: Vía Principal de Guaremal, Sector Entrada al Callejón Los Totumos, del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO TREINTA Y CUADRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (134,67MTS2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la Defensora Pública en materia Civil, Mercantil y Transito, abogada GINNET VERAMENDEZ; inscrita en el Inpreabogado N°-131.817.
Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza
las mismas en original con sus resultas, constante de diecinueve (19) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los catorce (14) días del mes de agosto de 2024. Años: 214° y 165°.
La Jueza,
Carmen Luisa Salazar Bravo
La Secretaria
Reina Sofía Castillo Sanz
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.
La Secretaria
Reina Sofía Castillo Sanz
CLSB/RSCS/YM
EXP. S-5616-24
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