REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
(EN FUNCIONES DE TRIBUNAL MÓVIL)
San Antonio de Los Altos, dos (2) de agosto de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 165º
Vista la solicitud que dio lugar al presente procedimiento, así como la documentación presentada por el ciudadano ENRIQUE LUIS PITTALUGA ORTIZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V- 22.048.367, y las deposiciones de los testigos evacuados; este tribunal actuando en funciones de tribunal móvil, SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, habiendo revisado todos los recaudos aportados por el solicitante, a saber: 1) En copia simple “ad-effectum videndi” documento de compra venta protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 26 de agosto de 2010, de cuyo contenido se desprende que el ciudadano ENRIQUE LUIS PITTALUGA ORTIZ, adquirió la propiedad de un lote de terreno ubicado en un lugar denominado La Maquinita, con una superficie de dos mil metros cuadrados (2000 Mts2), así como de una serie de bienhechurías construidas sobre dicho inmueble; 2) En copia simple “ad-effectum videndi” documento de aclaratoria protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 20 de julio de 2015, de cuyo contenido se desprende que el lote de terreno referido en el particular que antecede tiene una superficie de dos mil doscientos catorce metros cuadrados con siete decímetros cuadrados (2.214,07 Mts2); 3) En copia simple “ad-effectum videndi” plano topográfico expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias en fecha 6 de julio de 2015, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende el área del lote de terreno propiedad del hoy solicitante; 4) En copia simple “ad-effectum videndi” plano topográfico de cuyo contenido se desprende el área de construcción de las bienhechurías objeto del presente título supletorio, de ciento veinte metros cuadrados (120,00 Mts2); y 5) en original ficha catastral No. 0016635, emitida en fecha 25 de julio de 2024, por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias, de cuyo contenido se desprende que el solicitante es propietario de un lote de terreno con un área de dos mil doscientos catorce metros cuadrados con siete decímetros cuadrados (2.214,07 Mts2), y constante de un área de construcción de ciento veinte metros cuadrados (120,00 Mts2); los cuales no se agregan al presente expediente y se resguardan en un sobre separado, a los fines de evitar futuros desgloses al momento de ser presentando para su registro, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ENRIQUE LUIS PITTALUGA ORTIZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-22.048.367, sobre unas bienhechurías construidas por el prenombrado, las cuales tienen un área de construcción de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120,00 Mts2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan aquí por reproducidas, las cuales declara el solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terrero de su propiedad el cual posee una superficie aproximada de DOS MIL DOSCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (2.214,07 Mts2), ubicado en la siguiente dirección: Urbanización Club de Campo, Sector La Maquinita, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, es el caso que dicha propiedad se desprende de documento debidamente protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha veintiséis (26) de agosto de dos mil diez (2010), bajo el No. 2010.452, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 232.13.13.1.1808, con posterior aclaratoria debidamente protocolizada ante la misma oficina de Registro Público, en fecha veinte (20) de julio de dos mil quince (2015) , bajo el No. 2010.452, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el No. 232.13.13.1.1808, todo lo cual se encuentra aforado por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el catastro No. 0016635.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,
NUVIA BAUTISTA.
NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
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