REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDCIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, dieciséis ¬¬¬¬ (16) de diciembre de 2024
215° y 164°

Expediente N° 290-24.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ISAAC HERNANDEZ, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.529.171, a sus hijas ROSA JACINTA HERNANDEZ PULGAR Y MARIELA JOSEFINA HERNANDEZ venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-6.916.337 y 10.353.207, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZ,

ABG. ADRIANA PLANAS MELERO

LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN
APM/MGR/YB.-
SOL: Nº 290-24.-





ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud signada con el Nro.290-24, de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana ROSA JACINTA HERNANDEZ PULGAR y OTROS. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año 2024. Años 215° y 164°. -

LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN


MGR/YB.-
SOL: Nº 290-24.-