REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, diecinueve ¬¬¬¬(19) de diciembre de 2024
215° y 164°
SOLICITUD N° 245-24.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del Causante JESUS SIMÓN BLANCO MUÑOZ, quien en vida fuere titular de la cédula de identidad Nro. V-6.103.990, respectivamente, a su hija la ciudadana LEIBYS FATIMA BLANCO AREVALOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.568.031, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Tribunal, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase. -
LA JUEZ,
ABG. ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA ACC.
ABG. YAMELY BERMUDEZ
APM/YB/DA.-
ABG. YAMELY BERMUDEZ, Secretaria Accidental del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud signada con el Nro.245-24, de UNICO UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana LEIBYS FATIMA BLANCO AREVALOS. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año 2024. Años 215° y 164°. -
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. YAMELY BERMUDEZ
YB.-
SOL: Nº 245-24.-