REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA.





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDCIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, diecinueve (19) de diciembre de 2024
215° y 164°

Expediente N° 316-24.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del De Cujus REGULO BALZA, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.083.581, a su hijo REGULO JOSE BALZA RODRIGUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-7.684.186.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ADRIANA PLANAS MELERO

LA SECRETARIA ACC.,
ABG. YAMELY BERMUDEZ
APM/YB.-









ABG. YAMELY BERMUDEZ, Secretaria Accidental del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud signada con el Nro.316-24, de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano REGULO JOSE BALZA RODRIGUEZ. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año 2024. Años 215° y 164°. -

LA SECRETARIA ACC.,

ABG. YAMELY BERMUDEZ

YB.-
SOL: Nº 316-24.-