REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDCIAL DEL ESTADO MIRANDA
En el día de hoy Veintiséis (26) de Noviembre de Dos Mil Veinticuatro (2024), siendo las nueve de la mañana (09:00 am), se trasladó el Tribunal Segundo de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a cargo de la Jueza ADRIANA PLANAS MELERO, junto con la Secretaria MARISOL GONZALEZ RONDON y en compañía de los ciudadanos BARUJ BENJAMIN RUBEL JARAMILLO y LILIANA JOSEFINA HERNANDEZ HERRERA inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 241.222 y 148.052, respectivamente, procediendo en este acto como apoderado judicial den la sociedad mercantil SILATEX, C.A debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (Hoy Distrito Capital) en fecha 09 de febrero de 1983, bajo el No. 58, tomo 13-A-Pro. siendo su última modificación protocolizada ente el referido Registro en fecha 06 de marzo de 2015, bajo el No. 13, tomo 42-A-SDO, que designo como experto al ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad V- 5.423.698, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el No. 37.000, especialista en avaluó de bienes inmuebles, muebles, maquinaria y patología de bienes inmuebles; quien se encuentra debidamente certificado ante FOGADE Nro. 0669, a quien se le toma el juramento de Ley en este Acto y quien jura cumplirlo bien y fielmente, con motivo a la solicitud de INSPECCION JUDICIAL EXTRA- LITEM del inmueble ubicado en la Urbanización Industrial Terrinca, entre calle 1 y 2, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, constituido por un terreno de TREINTA MIL SESISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS ( 30.666,67 M2), aproximadamente, producto de la integración de dos (2) parcelas: a) un lote de terreno con un área de CATORCE MIL NOVECISNTOS SESENTA Y OCHO METROS CON SETENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (14.968,72 M2) y b) un lote de terreno con un área de QUINCE MIL SESICIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CON NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (15.697,95 M2) sobre el cual existen DIECISITE MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (17.300 M2), las bienhechurías construidas aproximadamente producto de la construcción de (2) dos Galpones, propiedad de la sociedad mercantil SILATEX, C.A., según documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Zamora del Estado Miranda, en fecha nueve (09) de Junio de 1997, bajo el N° 21, Tomo 21, Protocolo Primero y del Título Supletorio protocolizado ante la misma Oficina Subalterna de Registro en fecha veintiséis (26) de mayo de 1999; un área determinada del referido inmueble fue arrendada por la Administradora de la Sociedad mercantil ADMINISTRADORA SHS 2007 C.A., en su carácter de administradora (Arrendadora) en virtud del contrato de arrendamiento notariado ante la Notaría Pública Octava del Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 07 de agosto de 2024, bajo el No. 56, Tomo 93, Folios 170 hasta el 176, con la empresa PLASTITEC GROUP, C.A., (Arrendataria). Una vez constituido el Tribunal en la siguiente dirección: Urbanización Industrial Terrinca, entre calle 1 y 2, Municipio Zamora del estado Bolivariano de Miranda, el Tribunal deja expresa constancia que se observa en la entrada la existencia de un lote de terreno y bienhechurías construidas integrada por dos (2) galpones. Seguidamente, el Tribunal deja expresa constancia que el ciudadano MAURICIO ANTONIO VERGARA ARIAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.364.818, por autorización de la empresa SILATEX, C.A., quien indico ser el encargado de la “PLANTA NUEVA”, permitió la entrada del Tribunal al área del Galpón Industrial identificada como “PLANTA NUEVA”, en el referido contrato, a fin de realizar la Inspección Judicial Extra-Litem, en compañía de los apoderados Judiciales de la empresa SILATEX, C.A. Una vez dentro del Galpón, este Tribunal, deja constancia que procedió a recorrer sus áreas y a dejar constancia de los particulares identificados en el escrito de solicitud de fecha 20 de noviembre de 2024, señalados como: PRIMERO: Este Tribunal deja expresa constancia que recorrida parte de las áreas del Galpón identificadas como “PLANTA NUEVA”, signada como “ANEXO B”, pudo observar, primeramente, sin referirse, en este particular, al área identificada como “ANEXO C”, que forma parte del “ANEXO B”, que dichos espacios se encontraban libre de bienes y personas; áreas identificadas en la Cláusula Primera, y los planos anexos, del contrato de arrendamiento de fecha 07 de agosto de 2024, autenticado ante la Notaria Publica Octava del Municipio Chacao del estado Miranda bajo el No. 56, tomo 93, folio 170 hasta el 176 de los libros de autenticación de dicha notaria; este Tribunal le solicita al experto designado, ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, ya identificado, que proceda a evaluar los metros que integran esas áreas, indicando si corresponden con los planos que acompañan al referido contrato, Seguidamente informo: que el mismo será descrito en el informe que consignara a tal fin. Es todo. SEGUNDO: Este Tribunal hace constar que al trasladarse al portón que se encuentra ubicado en la calle 1 del mencionado Galpón, en el área identificada como “ANEXO A”, según el contrato de arrendamiento antes mencionado, el Tribunal deja expresa constancia que el mismo se encontraba abierto al público, y el Tribunal fue atendido por una ciudadana que dijo llamarse LISYEIRA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V- 11.487.574, a quien se le impuso de la misión del Tribunal y dijo ser jefa de almacén de la sociedad mercantil ECOPLAST, este Tribunal deja constancia que la referida ciudadana portaba una camisa con el Registro de Información Fiscal R.I.F. 30172562-0, y quien manifestó al Tribunal que en esa área del Galpón funcionaba la empresa ECOPLAST, no la empresa PLASTITEC GROUP, C.A. Igualmente, el Tribunal deja expresa constancia que la empresa ECOPLAST, se encontraba operativa. Seguidamente, este Tribunal le solicita al experto designado, ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, ya identificado, que proceda a evaluar los metros que integra esa área, indicando si corresponden con los planos que acompañan al referido contrato. Seguidamente informo: que el mismo será descrito en el informe que consignara a tal fin. Es todo. TERCERO: Este Tribunal deja expresa constancia que recorrida el área del Galpón signada como “ANEXO C”, que forma parte del área identificada como “ANEXO B” de la “PLANTA NUEVA”, de acuerdo con la cláusula Primera del citado contrato de arrendamiento, le solicitó al experto designado ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, ya identificado, que proceda a evaluar los metros que integran esa área, indicando si corresponden con los planos que acompañan al referido contrato. Seguidamente informo: que el mismo será descrito en el informe que consignara a tal fin. Es todo. CUARTO: Este Tribunal deja expresa constancia que en el área del Galpón denominado “PLANTA NUEVA” e identificada como “ANEXO C”, en el contrato de arrendamiento, se observan diversas maquinarias industriales, en estado de deterioro y sin uso. Acto seguido se le solicitó al experto designado, ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, ya identificado, proceda a tomar las fotografías de las mismas, a efectos de practicar un inventario de dichas maquinarias, indicando su estado actual, delimitando el área que ocupan dentro del referido Anexo. Igualmente este Tribunal observa la existencia de cuatro (4) vehículos, el primero compuesto por un autobús de color blanco, sin marca visible, con placa A2206AG, se desconoce su funcionamiento, en estado de abandono, el segundo compuesto por un vehículo de carga, modelo cargo 815, marca Ford, color gris, placa A53BF, se desconoce si funciona, en estado de abandono y el tercero compuesto por un vehículo de carga, modelo cargo 815, marca Toyota, color blanco, placa A03BT6G, se desconoce su funcionamiento, en estado de abandono, el cuarto compuesto por una pick-up, de color rojo, sin marca visible, placa 42CCN3A, se desconoce si funciona, en estado de abandono. QUINTO: Este Tribunal deja expresa constancia que en el área del Galpón denominado “PLANTA NUEVA” e identificado como “ANEXO C”, observó que el mismo se encuentra en estado de abandono, con polvo y telaraña, con una gran cantidad de desechos sólidos (de origen industrial) y chatarra. Igualmente, deja expresa constancia que en la referida área se encuentra una (1) maquinaria industrial, de gran volumen, compuesta por dos (2) líneas de trabajo y cinco (5) tanques voluminosos de metal; este Tribunal le solicita al experto designado ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, ya identificado, que proceda a evaluar el estado, mantenimiento y conservación de los equipos industriales, verificando si están adosados al suelo, e informe de cualquier modificación o alteración en la estructura de esa área del Galpón. Seguidamente el ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, ya identificado, informo: que el mismo será descrito en el informe que consignara a tal fin. Es todo. SEXTO: Este Tribunal deja constancia que el ciudadano MAURICIO ANTONIO VERGARA ARIAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.364.818, por autorización de la empresa SILATEX, C.A., en su carácter de encargado de la “PLANTA NUEVA”, permitió el acceso al galpón denominado “PLANTA NUEVA” identificado como “ANEXO B”, en compañía de los abogados BARUJ BENJAMIN RUBEL JARAMILLO y LILIANA JOSEFINA HERNANDEZ HERRERA, quienes fungen como apoderados judiciales de la sociedad mercantil SILATEX, C.A., anteriormente identificada, según poder debidamente autenticado ante la Notaria Publico Séptimo del Municipio Chacao de estado Miranda en fecha 11 de julio de 2022, bajo el No. 11, tomo 142, folio 45 al 47 el cual corre inserto en el presente expediente del folio 25 al folio 27. SEPTIMO: Este Tribunal a los fines de la práctica de la presente inspección designa al ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 5.423.698, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el Nro. 37.000, especialista en avaluó de bienes inmuebles, muebles, maquinaria y patología de bienes inmuebles; quien se encuentra debidamente certificado ante FOGADE Nro. 0669. a quien se le toma el juramento de Ley en este Acto y quien jura cumplirlo bien y fielmente, como se dejó constancia al inicio de la presente Acta. OCTAVO: Este Tribunal hace constar que se deja impresiones fotográficas de los particulares evacuados en la presente inspección por parte del experto designado y juramentado, el ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, quien fue como experto debidamente designado y juramentado al inicio de la presente acta. En este orden de ideas, los abogados BARUJ BENJAMIN RUBEL JARAMILLO y LILIANA JOSEFINA HERNANDEZ HERRERA, anteriormente identificados, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil solicitante, indican al Tribunal que no tienen más que exponer. Es todo. En este estado, toma la palabra el ciudadano CESAR JESUS RODRIGUEZ GANDICA, en su carácter de experto designado quien, expone: “Solicito al Tribunal me conceda un lapso de un (1) día a los fines de consignar el informe detallado con los particulares correspondientes”. Es Todo. El cual, una vez consignado, formará parte integral de la presente inspección. Este Tribunal, vista la exposición del mencionado experto acuerda al experto designado el lapso solicitado para la consignación del respectivo informe. De seguido el Tribunal, cumplida como ha sido la solicitud de Inspección Judicial Extra Litem, ordena el cierre de la presente Acta y el regreso a su sede. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de un juego de éstas para que reposen en el archivo llevado por este despacho, y previa nota de las mismas en el Libro Diario. Es todo, terminó, se leyó y conformes, firman, siendo las doce y veintiséis de la tarde (12:26 p.m.). -
LA JUEZA
Abg. ADRIANA PLANAS MELERO
LOS APODERADOS JUDICIALES
SOLICITANTES
EL EXPERTO DESIGNADO
LA SECRETARIA
Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON
Exp 285-24
APM/MGR
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