REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 12 de enero de 2023.
213º y 164º
Expediente N° 3211-23
DEMANDANTE: CARMEN HAYDEE MOLINA URBINA.
DEMANDADOS: ZORAIMA COROMOTO MOLINA DE MOLINA, NAIZORY VANESSA COROMOTO MOLINA MOLINA e IVANA CAROLINA DEL VALLE MOLINA MOLINA
MOTIVO: PARTICION DE BIENES.
I
En fecha 20 de diciembre de 2023, se recibió la presente solicitud proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con oficio Nº 0740-442 de fecha 15 de diciembre de 2023, concerniente a la causa de PARITCION DE BIENES. Interpuesto por la ciudadana CARMEN HAYDEE MOLINA URBINA, contra las ciudadanas ZORAIMA COROMOTO MOLINA DE MOLINA, NAIZORY VANESSA COROMOTO MOLINA MOLINA e IVANA CAROLINA DEL VALLE MOLINA MOLINA, a los fines de dar continuidad a la presente causa.
II
De la Revisión de las actas procesales se puede evidenciar que el Juzgado Primero de Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, declino la competencia en razón de la cuantía, en cualquiera de los juzgados de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en virtud, “de la estimación de la demanda en la cantidad de OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs.86.540,00), equivalente a DOS MIL LIBRAS ESTERLINAS (GBP.2.000)” . Siendo competente cualquier Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, correspondiéndole por distribución el conocimiento de dicha causa a este juzgado.
III
Por los Razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE POR LA CUANTIA, En consecuencia continúese con la prosecución de la presente causa, en el estado en que se encuentra.
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del JuzgadoTercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal a los doce (12) días del mes de enero de 2024. Años: 213º y 164º.
La Jueza,
Carmen Luisa Salazar Bravo.
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
En la misma fecha de hoy, siendo las 12:00 pm, se publicó y registró la anterior decisión, previo anuncio de Ley.
El Secretario Titular,
Leonardo José Vera Hernández
CLSB/LJVH/YM
EXP-3211-23
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