REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guatire, 23 de enero de 2024
213º y 164º
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana GEPPINA ANTONIETA LOTARTARO MANGARRETT, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-3.988.392, actuando en nombre propio y en representación de su Hijo el ciudadano DENNIS KENNETH RIVAS LOTARTARO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-14.906.187, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio DELWISS YOUWLISET CARREÑO APONTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 231.778, mediante la cual solicita se declaren ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus PEDRO CELESTINO RIVAS MORENO, quien falleció Ab-intestato, en la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador Distrito Capital, en fecha 16 de Septiembre de 2.023, sin perjuicio de terceros de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
I
En fecha 20 de Diciembre de 2.023, se admitió la presente solicitud y se acordó tomar declaración a los Testigos promovidos sobre los particulares contenidos en el escrito.
En fecha 15 de Enero de 2.024, comparecieron Dos (2) ciudadanos que dijeron ser y llamarse MARIA JOSEFINA GUEVARA y GUSTAVO ADOLFO NOUEL ALONSO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-5.412.009 y V.-4.361.413, respectivamente, en Calidad de Testigos.
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes instrumentos:
1. Original de Acta de Defunción número Mil Seiscientos Ochenta y Ocho (Nro. 1688), Folio (Nro. 188), Tomo 7, de fecha 18 de Septiembre de 2023, del De Cujus PEDRO CELESTINO RIVAS MORENO, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital.
2. Copia de Acta de Matrimonio número Doscientos Cuarenta y Tres (Nro. 243), de fecha de 30 de Mayo de 1980, de quien en vida se llamara PEDRO CELESTINO RIVAS MORENO y la ciudadana GEPPINA ANTONIETA LOTARTARO MANGARRETT, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Departamento Libertador (Hoy día Municipio Libertador), Distrito Federal (Hoy día Distrito Capital), debidamente Certificada en fecha 26 de Octubre de 2023, por la Oficina Subalterna de Registro Civil Parroquia Santa Rosalía.
3. Copia de Acta de Nacimiento número Mil Quinientos Cuarenta (Nro. 1540), de fecha 20 de Julio de 1981, del ciudadano DENNIS KENNETH, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Departamento Libertador (Hoy día Municipio Libertador) del Distrito Capital, debidamente Legalizada en fecha 20 de Octubre de 2023, expedida por el Servicio Autónomo de Registro y Notarias.
4. Copia Simple de la Cédula de Identidad del De Cujus PEDRO CELESTINO RIVAS MORENO, en un (1) folio útil.
5. Copia Simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana GEPPINA ANTONIETA LOTARTARO MANGARRETT, en un (1) folio útil.
6. Copia Simple de la Cédula de Identidad del ciudadano DENNIS KENNETH RIVAS LOTARTARO, en un (1) folio útil.
7. Copia Simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana MARIA JOSEFINA GUEVARA DE NOUEL, en un (1) folio útil. En Calidad de Testigo.
8. Copia Simple de la Cédula de Identidad del ciudadano GUSTAVO ADOLFO NOUEL ALONSO, en un (1) folio útil. En Calidad de Testigo.
Mediante los anteriores documentos los solicitantes demuestran, entre otras cosas, el fallecimiento del ciudadano PEDRO CELESTINO RIVAS MORENO, así como la Filiación que existía entre los solicitantes y el fallecido, en su condición de Esposa e Hijo del referido ciudadano.
La solicitante propuso se evacuarán las testimoniales juradas de las testigos que fueron indicadas. En consecuencia, el 15 de Enero de 2.024, comparecieron Dos (2) ciudadanos que dijeron ser y llamarse MARIA JOSEFINA GUEVARA y GUSTAVO ADOLFO NOUEL ALONSO, en Calidad de Testigos, quienes rindieron declaración en la presente solicitud. En tal sentido, el Tribunal les otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE.
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a los ciudadanos GEPPINA ANTONIETA LOTARTARO MANGARRETT y DENNIS KENNETH RIVAS LOTARTARO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-3.988.392 y V.-14.906.187, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus PEDRO CELESTINO RIVAS MORENO, supra identificado. ASÍ SE DECIDE.-
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus PEDRO CELESTINO RIVAS MORENO, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-4.588.318, quien falleció Ab-intestato en fecha 16 de Septiembre de 2.023, en su condición de Esposo de la ciudadana GEPPINA ANTONIETA LOTARTARO MANGARRETT y Padre del ciudadano DENNIS KENNETH RIVAS LOTARTARO, ampliamente identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por Secretaría. Igualmente, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, una vez que la parte interesada consigne las copias simples necesarias para su certificación. Cúmplase.-
JUEZA,
FABIOLA TERAN SUAREZ
SECRETARIA,
MARISOL GONZALEZ RONDON
FTS/MGR/BH.-
SOL: Nº 125-23.-
En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.
SECRETARIA,
MARISOL GONZALEZ RONDON
MARISOL GONZALEZ RONDON, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud asignada con el Nro. 125-23, de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana GEPPINA ANTONIETA LOTARTARO MANGARRETT. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, 23 de enero de 2024. Años 213° y 164°.-
SECRETARIA,
MARISOL GONZALEZ RONDON
MGR/BH.-
SOL: Nº 125-23.-
|