REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, veintitrés (23) Febrero del año dos mil veinticuatro (2024)
213° y 165°
ASUNTO: S-1375-2024-TSM
SOLICITANTE: ZULAY DE JESUS MONTAÑO ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.429.463.
ABOGADA ASISTENTE: AILYDE MARÍN GUTIÉRREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.275.
MOTIVO: DECLARACIÓ N DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO.
Se inicia la presente solicitud mediante escrito presentado en fecha diecinueve (19) de Febrero del año dos mil veinticuatro (2024), según Acta de Distribución Nº 029/2024, por la ciudadana ZULAY DE JESUS MONTAÑO ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.429.463, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio AILYDE MARÍN GUTIERREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.275.
Alega la solicitante que en fecha veintinueve (29) de Diciembre del año dos mil veintitrés (2023), falleció el ciudadano LUIS ALONZO BELLO TABATA, según consta en Acta Nro. 2384, folio Nº 134, de fecha treinta (30) de Diciembre del año dos mil veintitrés (2023), inserta en el Libro de Defunciones, llevado por el Registro Civil de la Parroquia Los Teques, municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, quien en vida era venezolano y titular de la cédula de identidad N° V-5.490.673.
Solicita tomar declaraciones a los testigos que oportunamente presentará de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, sobre los particulares descritos en la solicitud y; a su vez sea declarada ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA De Cujus identificado ut supra, en su condición de esposa; según consta en Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 037, Folio Nº 37, de fecha trece (13) de Diciembre del año dos mil (2000), inserta en el libro de Registro de matrimonio de la Parroquia San Francisco de Yare, Municipio Simón Bolívar del Estado Miranda.
En fecha veinte (20) de Febrero del año dos mil veinticuatro (2024), este Tribunal Admite la solicitud en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; se insta a la parte solicitante a presentar a los ciudadanos que fungirán como testigos a los fines de sus deposiciones testimoniales.
En fecha veintitrés (23) de Febrero del años dos mil veinticuatro (2024) tuvo lugar la declaración testimonial de los ciudadanos GRICELDA ELENA CASTILLO GARCIA y QUINTIN MORALES LABRADOR, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.524.489 y V-3.428.412 respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: Que la ciudadana ZULAY DE JESUS MONTAÑO ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.429.463, en su condición de esposa; según consta en Acta de Matrimonio Nro. 037, Folio Nº 37, de fecha trece (13) de diciembre del año dos mil (2000) inserta en el libro de Registro de Matrimonio de la Parroquia San Francisco de Yare, Municipio Simón Bolívar del Estado Bolivariano de Miranda, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus LUIS ALONZO BELLO TABATA, quien en vida era venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 5.490.673. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los veintitrés (23) días del mes de Febrero del año Dos Mil Veinticuatro (2024). Años: 213º de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZA
NANCY ORTIZ MALAVE
LA SECRETARIA
ANDREINA REINA
En la misma fecha siendo las (09:00 am), de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA
ANDREINA REINA
S-1375-2024-TSM
NOM/AR/jp
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