REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, primero (01) de julio del año 2024
214º y 165º
SOLICITUD N° 13973:
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
a) Copia Certificada de Acta de Defunción bajo el Nº 955, folio 205, de fecha treinta (30) de diciembre del año 2023, correspondiente al De Cujus, ciudadano DOMINGO CRUZ, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, cursante al folio seis (06) y su vto. –
b) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-1.754.880, correspondiente al De Cujus, ciudadano DOMINGO CRUZ, cursante al folio siete (07). –
c) Copia Certificada de Acta de Nacimiento bajo el Nº 1238, folio 243, de fecha seis (06) de noviembre del año 1972, correspondiente a la solicitante, ciudadana CRUZ YANIRA CRUZ SALINAS, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, cursante al folio ocho (08). –
d) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-9.693.437, correspondiente a la solicitante, ciudadana CRUZ YANIRA CRUZ SALINAS, cursante al folio nueve (09). -
e) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-25.959.489, correspondiente a la testigo, ciudadana MILAGRO JOSEFINA RODRÍGUEZ VEGAS, cursante al folio diez (10). –
f) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-18.134.919, correspondiente a la testigo, ciudadana NEIBY DANIELA RODRÍGUEZ FRANCIA, cursante al folio once (11). –
g) Copia Simple de Carnet del Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 105.348, correspondiente a la Defensora Pública Provisoria Primera, extensión Guarenas-Guatire MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ ALCALÁ, cursante al folio doce (12). –
h) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-6.318.397, correspondiente al testigo, ciudadano GUILLERMO JOSÉ HERNÁNDEZ RIVERO, cursante al folio dieciséis (16). –
i) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-16.450.825, correspondiente al testigo, ciudadano CARLOS JOSÉ PALACIOS SOTO, cursante al folio diecisiete (17). –

Así como las testimoniales de los ciudadanos: GUILLERMO JOSÉ HERNÁNDEZ RIVERO y CARLOS JOSÉ PALACIOS SOTO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.318.397 y V-16.450.825, respectivamente, domiciliados: el primero en: “Calle la Brisa, Casa Nº 192, Parroquia Caucagua, Municipio Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda”. El segundo en: “Calle la Brisa, Casa Nº 212, Parroquia Caucagua, Municipio Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda”. Este Tribunal le otorga el valor probatorio que de los mismos emana, conforme a lo establecido en el Artículo 427 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 936 y el encabezamiento del Artículo 937 eiusdem, así como lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; por cuanto no ha habido oposición alguna, este Tribunal DECLARA a la ciudadana CRUZ YANIRA CRUZ SALINAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.693.437, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus, ciudadano DOMINGO CRUZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.754.880. –
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la parte solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaría las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Publíquese en el portal web: www.tsj.gob.ve. Cúmplase. –
LA JUEZA,


LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.


EL SECRETARIO Acc.,

ROCNNY DAVILA TRUJILLO
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de la misma a la parte interesada. –
EL SECRETARIO Acc.,


ROCNNY DAVILA TRUJILLO


LQdDS/rdt/owy
DUUH
Solicitud 13973