REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, primero (01) de julio del año 2024
214º y 165º
SOLICITUD N° 13986:
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
a) Copia simple de las Cédulas de Identidad N° V-5.893.629 y V-6.446.683, correspondiente a las solicitantes, ciudadanas SONY ESPERANZA FLORES e YSABEL TERESA FLORES, respectivamente, cursante al folio cinco (05).-
b) Copia simple de Cédula de Identidad N° V-3.077.198, correspondiente a la De Cujus, ciudadana MARIA ISOLINA FLORES, cursante al folio seis (06).-
c) Copia certificada de Acta de Defunción Nº 0164, folio 164, de fecha veintidós (22) de febrero del año en curso (2024), expedida por el Registro Civil del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, correspondiente a la De Cujus, ciudadana MARIA ISOLINA FLORES, cursante al folio siete (07).-
d) Copia certificada de Acta de Nacimiento Nº 722, folio 188, Tomo II, de fecha veintiséis (26) de julio del año mil novecientos sesenta y uno (1961), expedida por el Registro Civil del Municipio Junín, Rubio del Estado Táchira, correspondiente a la solicitante, ciudadana SONY ESPERANZA FLORES, cursante desde el folio ocho (08) hasta el folio diez (10) y su vto. –
e) Copia certificada de Acta de Nacimiento Nº 547, folio 306, de fecha veintisiete (27) de mayo del año mil novecientos sesenta y tres (1963), expedida por el Registro Civil del Municipio Junín, Rubio del Estado Táchira, correspondiente a la solicitante, ciudadana YSABEL TERESA FLORES, cursante desde el folio once (11) hasta el folio doce (12) y su vto. –
f) Copia simple de Cédula de Identidad N° V-20.032.817, correspondiente a la testigo, ciudadana MAYERLIN CAROLINA PALACIOS ARCIA, cursante al folio trece (13).-
g) Copia simple de Cédula de Identidad N° V-3.999.946, correspondiente al testigo, ciudadano JOSE ORLANDO ESCALANTE MORENO, cursante al folio catorce (14).-
h) Poder Apud Acta otorgado por las solicitantes, ciudadanas SONY ESPERANZA FLORES e YSABEL TERESA FLORES, venezolanas, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-5.893.629 y V-6.446.683, respectivamente, a la Profesional del Derecho ADELAIDA JOSEFINA PADRÓN RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.890.235 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 37.709, cursante al folio quince (15).-
i) Copia simple de Cédula de Identidad N° V-5.316.315, correspondiente a la testigo, ciudadana ANA ZENAIDA ESCALANTE DE MARTINEZ, cursante al folio diecinueve (19).-
Así como las testimoniales de las ciudadanas, MAYERLIN CAROLINA PALACIOS ARCIA y ANA ZENAIDA ESCALANTE DE MARTINEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-20.032.817 y V-5.316.315, respectivamente, domiciliadas: La primera en: Altos de Copacabana, Calle Principal, Casa N° 063, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda. La segunda en: Menca Leoni, Bloque 22, Piso 2, Apartamento 0208, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda. Este Tribunal le otorga el valor probatorio que de los mismos emana, conforme a lo establecido en el Artículo 427 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 936 y el encabezamiento del Artículo 937 eiusdem, así como lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; por cuanto no ha habido oposición alguna, este Tribunal DECLARA a las ciudadanas SONY ESPERANZA FLORES e YSABEL TERESA FLORES, venezolanas, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-5.893.629 y V-6.446.683, respectivamente, ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de la De Cujus, ciudadana MARIA ISOLINA FLORES, quien en vida fue venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.077.198. –
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Publíquese en el portal web: www.tsj.gob.ve. Cúmplase.
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
EL SECRETARIO Acc,
ROCNNY J. DAVILA TRUJILLO
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de la misma a la parte interesada.-
EL SECRETARIO Acc,
ROCNNY J. DAVILA TRUJILLO
LQdDS/rjdt/vr.-
DUUH.-
Solicitud N° 13986.-
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